Martín Enríquez de Almansa

“Información hecha en el Cuzco, por orden del Rey y encargo del Virrey Martín Enríquez acerca de las costumbres que tenían los Incas del Perú, antes de la conquista española, en la manera de administrar justicia civil y criminal. Declaran García de Melo, Damián de la Bandera, el Rev. P. Cristóbal de Molina, Alonso de Mesa, Bartolomé de Porras y algunos indios”. 1925. En LEVILLIER, Roberto. Gobernantes del Perú. Cartas y papeles siglo XVI. Tomo IX. Madrid: Sucesores de Rivadeneyra : Juan Pueyo, pp. 268-288.

Presentación de Martín Enríquez de Almansa

Cómo citar:
GLOSAS CRONIQUENSES (1994-), Martín Enríquez de Almansa. https://glosascroniquenses.github.io/Glosario/intro/cronista16. [Fecha de consulta: 24.11.2021]


anancuzco


Cita Número de página
e luego yncontinente para aueriguacion de lo contenido en los dichos capitulos el dicho corregidor hizo parescer ante si a bartolome de porras ques hijo de antonio diaz de porras conquistador que fue deste rreyno y de doña beatriz miro yndia el qual tiene mucha noticia y platica de las cosas de los yndios por auerse comunicado e tratado con los principales dellos en esta ciudad y a don francisco cocamayta de la parcialidad de huruncuzco y a don francisco quiqua yndio de la parcialidad de anancuzco ambos yndios yngas viejos que cada vno dellos confesaron tener mas de setenta años y el vno dixo tener hedad de ochenta años y siendo preguntados por el tenor de los capitulos de suso por lengua a los dichos yndios de don fhelipe sayre ynterprete general desta ciudad dixeron lo siguiente. 283-284
2-Al segundo capitulo siendoles leydo el dicho que dixo el dicho garcia de melo en quanto a este capitulo que no pasaua ansi lo que dicho tiene el dicho garcia de melo en quanto a yr al ynga con los pleitos y causas que se ofrescian porque tenia el ynga doze yndios los seis de la parcialidad de huruncuzcos y los otros seis de anancuzco y estos doze asistian en vn lugar señalado e que ellos yvan con todos los pleitos y diferencias que a los yndios se les ofrescian y que en su presencia se aueriguauan y determinauan las causas ceuiles y criminales y sobre estos doze yndios auia otro yndio que precedia sobre ellos y asistia a ver lo que juzgavan y determinauan y que si se ofrescian cassos graues dauan quenta dello en ofresciendose el negocio al ynga e de los demas se la dauan de mes a mes y que quanto al ynga no auia fuerça de ley mas de adbitrar y hazer lo quel queria [...] 284

andesuyo


Cita Número de página
Al primer capitulo que lo que saue y a sauido y entendido es que los yngas señores que fueron destos rreinos rresidian en esta ciudad del cuzco como en caueça de todo el e que para poder gouernar rreino tan grande lo tenian diuidido en quatro prouincias conbiene a sauer chinchasuyo collasuyo condesuyo andesuyo las quales prouincias heran pobladas y lo son de presente de diferentes naciones y lenguas de gentes todas las quales naciones se diferenciauan en el traxe de las caueças [...] 278
y la otra que esta frontera desta es condesuyo [sic: andesuyo] ques donde se cria la coca e no es muy grande sino muy pequeña porque los yngas no conquistaron mucha tierra por montaña y por ser tierra muy enferma [...] 271

cacicazgo


Cita Número de página
[...] y en cada prouincia auia pueblos poblados muchos e puestos sus moxones y señalados sus terminos a cada vno y cada pueblo tenia a cargo sus terminos para adereçar los caminos y la manera del gouierno hera por caciques que tenian sus pueblos e jurisdiciones señalados y estos caciques son como señores en españa y en cada cacicazgo ponia el ynga un tucuyrico que el oficio deste era mirar lo que todos hazian y si se cumplia lo que estauan obligados a hazer los dichos caciques y los dichos tucuyricos tenian a su cargo las tierras del sol e del ynga que en cada cacicazgo auia dedicadas al sol y al dicho ynga y las hazian labrar y cultibar beneficiando lo que se coxia dellas y a este tucuyrico si no hazia bien su oficio le quitaua el ynga y ponia otro y si lo hazia bien le dexauan estar siempre. 272
…el cacique que mataua a algun yndio su sujeto sin embiar a pedir licencia al ynga le castigauan publicamente dandole con piedras en las espaldas que hera entre ellos castigo afrentoso / este castigo le hazian por la primera vez y si reyncidia a la segunda le condenauan a muerte y si por ruego la concedian la uida era quitandole el cacicazgo y desterrandole a lexanas tierras. 273
…los caciques estauan obligados a comer en la plaça en publico y sus yndios con ellos y el que no lo hazia le quitauan el cacicazgo. 275
…el cacique que no tenia cuydado de corregir los yndios de sus pueblos y auisar de sus vicios al ynga le priuauan del cacicazgo. 275

cacique / caciques


Cita Número de página
3-yten si tenia juezes particulares y quando y como los nombraua o si lo heran los tucuyricos o los caciques y si esta jurisdicción se la daua limitada o qual y a quienes y como y para que negocios. 269
15-yten que hera cacique de guaranga y si lo proueya el ynga e con que juridiscion y para que casos ceuiles o criminales. 270-271
16-yten que hera cacique de Pachaca y quien le proueya e si hera con juridiscion y esta a que y como se estendía. 271
…el cacique que mataua a algun yndio su sujeto sin embiar a pedir licencia al ynga le castigauan publicamente dandole con piedras en las espaldas que hera entre ellos castigo afrentoso / este castigo le hazian por la primera vez y si reyncidia a la segunda le condenauan a muerte y si por ruego la concedian la uida era quitandole el cacicazgo y desterrandole a lexanas tierras. 273
…el que era ynouidiente a su cacique le castigauan con tormentos y si perseueraua en ello le desterrauan o le condenauan a muerte. 274
…el que hera obligado al seruicio de algun tambo si faltaua del castigauan al cacique en cuyo distrito estaua el tambo. 275
…los caciques estauan obligados a comer en la plaça en publico y sus yndios con ellos y el que no lo hazia le quitauan el cacicazgo. 275
…el cacique que no tenia cuydado de corregir los yndios de sus pueblos y auisar de sus vicios al ynga le priuauan del cacicazgo. 275
13-al treze capitulo dixo que el tucuyrico era siempre persona principal y este le ponia el ynga por el tiempo que el queria y quel mando y jurisdiscion que tenia era ver como cumplian los caciques lo que cada vno estaua obligado a hazer en su lugar e que el oficio destos era ser sobreestantes de lo que el ynga mandaua. 277
15-a los quinze capitulos dixo que cacique de guaranga quiere dezir caueça de mill yndios y el ynga los proueya como le parescia para que tuviese quenta y cargo destos mill yndios para acudir con ellos a donde les mandase. 277
16-a los diez e seis capitulos dixo que cacique de Pachaca es lo mismo que tiene dicho de guaranga saluo que pachaca se entiende ser cacique de cient yndios. 277
[…] y de las dichas quatro prouincias tenian quatro gouernadores supremos a quien cada prouincia de aquellas acudia con sus negocios y el gouernador al ynga y desta manera hera facil el gouierno porque en la distancia de cada prouincia auia caciques principales de a mill y de cient yndios y de ay abaxo que tenian cargos y cuidado de todo lo que se auia de hazer en cada pueblo asi para el seruicio del ynga como para el bien y conseruacion del pueblo lo que por el ynga estaua ordenado y de trecho a trecho auia vn tucuyrico que era como juez visitador a quien ocurrian con las cosas extraordinarias para que las juzgase y determinase porque las graues y de mucha ynportancia todas yuan al gouernador supremo y del al ynga como dicho tiene[...] 278
[…] y heran obligados todos los caciques e personas principales de todo el rreino que tenian cargo y oficio en la rrepublica de sauer la lengua general para poder dar rrazon a sus mayores de todo lo que se ofrescia y que en todo lo demas se rremite al dicho que dixo en esta causa garcia de melo vezino desta ciudad porque el lo a visto y leido y cree y tiene por cierto que paso asi todo lo que en el se declara y que por el año de cinquenta y siete siendo este testigo visitador general en la prouincia de guamanga y en esta del cuzco por comision del marques de cañete que dios aya visorrey que fue destos rreynos hizo vna averiguacion con mucha diligencia y cuidado acerca de las cosas contenidas en los capitulos de susso la qual tiene originalmente el licenciado cartagena oydor de la rreal audiencia de los rreyes que se la dio este testigo [...] 278-279
[…] y que los traxes de cada vno se vestia heran los mismos vestidos con que vestian a sus ydolos ansi en los traxes de las calças como en las rropas de que vsauan e que los visitadores y gouernadores que el ynga enbiaua a negocios particulares la señal para que fuesen mas conoscidos hera yr en andas y ombros de yndios porque ninguno podia andar en esta forma si no hera los tales so pena de muerte ecepto algunos caciques que tenian licencia particular para andar como dicho es [...] 281
3-al tercero capitulo dixo que lo que del saue es que el ynga embiaua orejones que heran como corregidores a las prouincias e que estos determinauan las causas y heran los caciques de las prouincias sujetos a ellos y lo que aquellos tocre que asy se llamauan hazian el ynga estaua por ello y que la determinacion de los pleytos los embiauan al ynga en quipos que son vnas cuerdas dados vnos nudos en ellas e que por aqui se entendian. 282
15-A los quinze capitulos dixo que cacique de guaranga hera de mill yndios. 283
16-A los diez e seis capitulos dixo que cacique de Pachaca quiere decir cacique de cien yndios. 283
15-A los quize capitulos dixeron que cacique de guaranga es cacique de mill yndios y que este oficio de cacique se heredaua y este cacique solo conoscia y tenia jurisdicion en casos liuianos pero los graues acudian al tucuyrico. 286
16-A los diez e seis capitulos dixo que cacique de Pachaca hera cacique de cient yndios e que no tenian mas juridiscion de sobre estos cient yndios en prendellos haziendo algo para lleuallos al tucuyrico y acudir con el seruicio de ellos a donde se le mandaua. 286
El Rey don martin Enriquez nuestro Visorrey gouernador y capitan general de las prouincias del piru nos somos ynformado que los yndios naturales de esas prouincias no son gouernados por las leyes y prouisiones nuestras sobre ello dadas sino por las destos Reynos siendo diuersa la rrepublica e gouierno de donde se sigue que los enseñan a pleytear lleuandoles sus haziendas y siendo causa de muchos perjuros en los negocios y de usurpar las haciendas agenas con autoridad de justicia y se les pervierte su gouierno quitandolos de la sujecion de sus caciques curacas y señores naturales y porque como saueis teneis horder precisa de que en los pleitos de los dichos yndios no se hagan procesos ordinarios y que sumariamente se determinen guardando sus usos y costumbres no siendo claramente injustos y de no hazerse ansi demas de seguirse tanto daño a los dichos yndios no somos desseruidos y nuestra voluntad es que para que mejor se acierte se os declare y advierta mas en particular la orden que en ello aueis de tener y para hazello es necesario sauer los dichos vsos y costumbres que los dichos yndios tenian en tienpo de su gentilidad en todo el termino de vuestro gouierno. 268-269
[...] y todas estas prouincias tienen diferentes lenguas y el ynga mando que todos aprendiesen la lengua de chinchaysuyo que llaman la general y particularmente mandaron aprender esta lengua a los caciques y sus hijos y gente principal. 271-272
[...] y en cada prouincia auia pueblos poblados muchos e puestos sus moxones y señalados sus terminos a cada vno y cada pueblo tenia a cargo sus terminos para adereçar los caminos y la manera del gouierno hera por caciques que tenian sus pueblos e jurisdiciones señalados y estos caciques son como señores en españa y en cada cacicazgo ponia el ynga un tucuyrico que el oficio deste era mirar lo que todos hazian y si se cumplia lo que estauan obligados a hazer los dichos caciques y los dichos tucuyricos tenian a su cargo las tierras del sol e del ynga que en cada cacicazgo auia dedicadas al sol y al dicho ynga y las hazian labrar y cultibar beneficiando lo que se coxia dellas y a este tucuyrico si no hazia bien su oficio le quitaua el ynga y ponia otro y si lo hazia bien le dexauan estar siempre. 272

cañete


Cita Número de página
[…] y heran obligados todos los caciques e personas principales de todo el rreino que tenian cargo y oficio en la rrepublica de sauer la lengua general para poder dar rrazon a sus mayores de todo lo que se ofrescia y que en todo lo demas se rremite al dicho que dixo en esta causa garcia de melo vezino desta ciudad porque el lo a visto y leido y cree y tiene por cierto que paso asi todo lo que en el se declara y que por el año de cinquenta y siete siendo este testigo visitador general en la prouincia de guamanga y en esta del cuzco por comision del marques de cañete que dios aya visorrey que fue destos rreynos hizo vna averiguacion con mucha diligencia y cuidado acerca de las cosas contenidas en los capitulos de susso la qual tiene originalmente el licenciado cartagena oydor de la rreal audiencia de los rreyes que se la dio este testigo [...] 278-279

capitan / capitanes


Cita Número de página
En la gran ciudad del cuzco del piru a veinte e ocho días del mes de março de mill e quinientos e ochenta y dos años el muy ylustre señor don Pedro de cordoua mexia cauallero del auito de sanctiago corregidor y justicia mayor en esta ciudad y su tierra por su magestad dixo que por cedula de la rreal magestad dirigida al excelentisimo señor don martin enriquez visorrey gouernador e capitan general destos rreinos se manda se haga aueriguación de los usos y costumbres que los yndios naturales desta tierra tenian en el modo de su gouierno y seguimiento de sus pleitos en tienpo de su gentilidad [...] 268
El Rey don martin Enriquez nuestro Visorrey gouernador y capitan general de las prouincias del piru nos somos ynformado que los yndios naturales de esas prouincias no son gouernados por las leyes y prouisiones nuestras sobre ello dadas sino por las destos Reynos siendo diuersa la rrepublica e gouierno de donde se sigue que los enseñan a pleytear lleuandoles sus haziendas y siendo causa de muchos perjuros en los negocios y de usurpar las haciendas agenas con autoridad de justicia y se les pervierte su gouierno quitandolos de la sujecion de sus caciques curacas y señores naturales y porque como saueis teneis horder precisa de que en los pleitos de los dichos yndios no se hagan procesos ordinarios y que sumariamente se determinen guardando sus usos y costumbres no siendo claramente injustos y de no hazerse ansi demas de seguirse tanto daño a los dichos yndios no somos desseruidos y nuestra voluntad es que para que mejor se acierte se os declare y advierta mas en particular la orden que en ello aueis de tener y para hazello es necesario sauer los dichos vsos y costumbres que los dichos yndios tenian en tienpo de su gentilidad en todo el termino de vuestro gouierno. 268-269
[…] por el mes de henero deste año a la qual se rremite y en quanto a las leyes y ordenanças que el ynga tenia generales en lo ceuil y criminal saue este testigo y tiene por cierto muchas aueriguaciones que a hecho entre yndios antiguos de los que fueron gouernadores y capitanes del ynga que son ya muertos en todas las cosas tocantes a lo esencial del gouierno de todo el rreyno tenia el ynga cerca de sy dos quipos camayos a manera de secretarios los quales tenian por memoria en vnos cordeles de muchos colores todas las leyes y ordenanças generales tocantes al gouierno y a lo ceuil y criminal los quales tenian tanta abilidad e memoria en conoscer el cordel en que estaua cada cosa que a cualquiera ora que el ynga lo pedia le dauan rrazon dello los quales tenian como rregistros cotejado el vn secretario con el otro sus memoriales sin discrepar vna palabra en alguna cosa [...] 279

chile


Cita Número de página
/ y la otra prouincia questa del otro lado se llama collasuyo que corre hazia los terminos de chile / 271

chinchasuyo / chinchaysuyo


Cita Número de página
Al primer capitulo que lo que saue y a sauido y entendido es que los yngas señores que fueron destos rreinos rresidian en esta ciudad del cuzco como en caueça de todo el e que para poder gouernar rreino tan grande lo tenian diuidido en quatro prouincias conbiene a sauer chinchasuyo collasuyo condesuyo andesuyo las quales prouincias heran pobladas y lo son de presente de diferentes naciones y lenguas de gentes todas las quales naciones se diferenciauan en el traxe de las caueças [...] 278
Al primer capitulo dixo que este testigo a que entro en esta ciudad del cuzco el año de treynta y ocho que a mas de quarenta años y en este tiempo a procurado entender lo que el capitulo dize y lo que el saue es que los yngas señores que fueron deste rreino tenían su principal aseynto en esta ciudad y tenian toda la tierra que poseyan rrepartida en quatro prouincias que salian de los quatro lados desta ciudad porque el asiento della esta en medio de todas las prouincias y la una se llama chinchaysuyo que corre mas de quinientas leguas[...] 271
[...] y todas estas prouincias tienen diferentes lenguas y el ynga mando que todos aprendiesen la lengua de chinchaysuyo que llaman la general y particularmente mandaron aprender esta lengua a los caciques y sus hijos y gente principal. 271-272

coca


Cita Número de página
y la otra que esta frontera desta es condesuyo [sic: andesuyo ] ques donde se cria la coca e no es muy grande sino muy pequeña porque los yngas no conquistaron mucha tierra por montaña y por ser tierra muy enferma [...] 271

cocamayta


Cita Número de página
e luego yncontinente para aueriguacion de lo contenido en los dichos capitulos el dicho corregidor hizo parescer ante si a bartolome de porras ques hijo de antonio diaz de porras conquistador que fue deste rreyno y de doña beatriz miro yndia el qual tiene mucha noticia y platica de las cosas de los yndios por auerse comunicado e tratado con los principales dellos en esta ciudad y a don francisco cocamayta de la parcialidad de huruncuzco y a don francisco quiqua yndio de la parcialidad de anancuzco ambos yndios yngas viejos que cada vno dellos confesaron tener mas de setenta años y el vno dixo tener hedad de ochenta años y siendo preguntados por el tenor de los capitulos de suso por lengua a los dichos yndios de don fhelipe sayre ynterprete general desta ciudad dixeron lo siguiente. 283-284

collasuyo


Cita Número de página
/ y la otra prouincia questa del otro lado se llama collasuyo que corre hazia los terminos de chile / 271

Collasuyo


Cita Número de página
Al primer capitulo que lo que saue y a sauido y entendido es que los yngas señores que fueron destos rreinos rresidian en esta ciudad del cuzco como en caueça de todo el e que para poder gouernar rreino tan grande lo tenian diuidido en quatro prouincias conbiene a sauer chinchasuyo Collasuyo condesuyo andesuyo las quales prouincias heran pobladas y lo son de presente de diferentes naciones y lenguas de gentes todas las quales naciones se diferenciauan en el traxe de las caueças [...] 278

comisario / comisarios


Cita Número de página
17-E que quando se ofrescian cosas graues en las prouincias embiaua el ynga vn comisario y que la señal que este lleuaua para ser ouedescido hera yr en andas y vn baculo en la mano y que si el negocio hera muy arduo lleuaua por señal vna camiseta azul e yba con el mismo poder del ynga [...] 287
17-a los diez e siete capitulos dixo que lo que supo desto es quel ynga proueya comisarios e ministros para que fuesen a las prouincias donde el no estaua ni podia yr personalmente para que oyesen y executasen la justicia conforme a la comision que el ynga les ordenaua de palabra. 277

condesuyo


Cita Número de página
/ y la otra prouincia que es de la otra parte corre hazia la costa de la mar y se llama condesuyo que no es muy grande por estar la costa no muy lexos [...] 271
Al primer capitulo que lo que saue y a sauido y entendido es que los yngas señores que fueron destos rreinos rresidian en esta ciudad del cuzco como en caueça de todo el e que para poder gouernar rreino tan grande lo tenian diuidido en quatro prouincias conbiene a sauer chinchasuyo collasuyo condesuyo andesuyo las quales prouincias heran pobladas y lo son de presente de diferentes naciones y lenguas de gentes todas las quales naciones se diferenciauan en el traxe de las caueças [...] 278

corca


Cita Número de página
4-al quarto capitulo dixo que no tenia mas ministros de justicia de los executores que executauan lo quel ynga mandaua y que para esto tenia vn Pu° llamado corca dos leguas desta ciudad adonde rresidian los dichos executores y no auia otros ministros de justicia. 276

curacas


Cita Número de página
El Rey don martin Enriquez nuestro Visorrey gouernador y capitan general de las prouincias del piru nos somos ynformado que los yndios naturales de esas prouincias no son gouernados por las leyes y prouisiones nuestras sobre ello dadas sino por las destos Reynos siendo diuersa la rrepublica e gouierno de donde se sigue que los enseñan a pleytear lleuandoles sus haziendas y siendo causa de muchos perjuros en los negocios y de usurpar las haciendas agenas con autoridad de justicia y se les pervierte su gouierno quitandolos de la sujecion de sus caciques curacas y señores naturales y porque como saueis teneis horder precisa de que en los pleitos de los dichos yndios no se hagan procesos ordinarios y que sumariamente se determinen guardando sus usos y costumbres no siendo claramente injustos y de no hazerse ansi demas de seguirse tanto daño a los dichos yndios no somos desseruidos y nuestra voluntad es que para que mejor se acierte se os declare y advierta mas en particular la orden que en ello aueis de tener y para hazello es necesario sauer los dichos vsos y costumbres que los dichos yndios tenian en tienpo de su gentilidad en todo el termino de vuestro gouierno. 268-269

cuzco


Cita Número de página
En la gran ciudad del cuzco del piru a veinte e ocho días del mes de março de mill e quinientos e ochenta y dos años el muy ylustre señor don Pedro de cordoua mexia cauallero del auito de sanctiago corregidor y justicia mayor en esta ciudad y su tierra por su magestad dixo que por cedula de la rreal magestad dirigida al excelentisimo señor don martin enriquez visorrey gouernador e capitan general destos rreinos se manda se haga aueriguación de los usos y costumbres que los yndios naturales desta tierra tenian en el modo de su gouierno y seguimiento de sus pleitos en tienpo de su gentilidad [...] 268
Al primer capitulo dixo que este testigo a que entro en esta ciudad del cuzco el año de treynta y ocho que a mas de quarenta años y en este tiempo a procurado entender lo que el capitulo dize y lo que el saue es que los yngas señores que fueron deste rreino tenían su principal aseynto en esta ciudad y tenian toda la tierra que poseyan rrepartida en quatro prouincias que salian de los quatro lados desta ciudad porque el asiento della esta en medio de todas las prouincias y la una se llama chinchaysuyo que corre mas de quinientas leguas[...] 271
e despues de lo susodicho en el cuzco a treinta y un dias del mes de março del dicho año el dicho señor corregidor hizo parecer ante si a damian de la uandera vezino desta ciudad del qual se rrescibio juramento en forma de derecho so cargo del qual prometio de dezir verdad y siendo preguntado por el tenor de los dichos capitulos dixo lo siguiente. 278
Al primer capitulo que lo que saue y a sauido y entendido es que los yngas señores que fueron destos rreinos rresidian en esta ciudad del cuzco como en caueça de todo el e que para poder gouernar rreino tan grande lo tenian diuidido en quatro prouincias conbiene a sauer chinchasuyo collasuyo condesuyo andesuyo las quales prouincias heran pobladas y lo son de presente de diferentes naciones y lenguas de gentes todas las quales naciones se diferenciauan en el traxe de las caueças [...] 278
[…] y heran obligados todos los caciques e personas principales de todo el rreino que tenian cargo y oficio en la rrepublica de sauer la lengua general para poder dar rrazon a sus mayores de todo lo que se ofrescia y que en todo lo demas se rremite al dicho que dixo en esta causa garcia de melo vezino desta ciudad porque el lo a visto y leido y cree y tiene por cierto que paso asi todo lo que en el se declara y que por el año de cinquenta y siete siendo este testigo visitador general en la prouincia de guamanga y en esta del cuzco por comision del marques de cañete que dios aya visorrey que fue destos rreynos hizo vna averiguacion con mucha diligencia y cuidado acerca de las cosas contenidas en los capitulos de susso la qual tiene originalmente el licenciado cartagena oydor de la rreal audiencia de los rreyes que se la dio este testigo [...] 278-279
e despues de lo susodicho en la dicha ciudad del cuzco a dos dias del mes de abril del dicho año el dicho señor corregidor hizo parecer ante si a xpoual de molina clerigo presbitero cura de la parroquia del ospital de naturales desta dicha ciudad del qual segun su orden se rrescibio juramento en forma de derecho y so cargo del promedio de dezir uerdad y siendo preguntado por el tenor de los capitulos dixo lo siguiente. 279-280
e despues de lo susodicho en el cuzco a tres dias del mes de abrill de dicho año para la dicha ynformacion se presento por testigo alonso de mesa descubridor y conquistador destos rreynos y prouincias del piru e señor de la villa de Piedrabuena en los rreinos despaña e vecino desta dicha ciudad del qual se rrescibio juramento en forma de derecho so cargo del qual prometio dezir verdad e siendo preguntado por el tenor de los dichos capitulos dixo lo siguiente. 281
2-Al segundo capitulo que el ynga en este cuzco tenia esta orden que auia en el muchas mamaconas rrepartidas en casas cercadas y estas heran vnas mugeres dedicadas al sol y al seruicio del ynga y tenian cuidado de proueer al ynga vivo y a los yngas muertos antecesores en dalles de comer maiz cozido e tostado y carne y lo ponian delante de los bultos y lo quemauan y esto tenian por bastante comida para los difuntos [...] 281-282

ganado / ganados


Cita Número de página
…sy algun ganado hazia daño en alguna sementera el señor della tomaua del ganado el balor del daño que le auia fecho. 275

gouernador


Cita Número de página
En la gran ciudad del cuzco del piru a veinte e ocho días del mes de março de mill e quinientos e ochenta y dos años el muy ylustre señor don Pedro de cordoua mexia cauallero del auito de sanctiago corregidor y justicia mayor en esta ciudad y su tierra por su magestad dixo que por cedula de la rreal magestad dirigida al excelentisimo señor don martin enriquez visorrey gouernador e capitan general destos rreinos se manda se haga aueriguación de los usos y costumbres que los yndios naturales desta tierra tenian en el modo de su gouierno y seguimiento de sus pleitos en tienpo de su gentilidad [...] 268
El Rey don martin Enriquez nuestro Visorrey gouernador y capitan general de las prouincias del piru nos somos ynformado que los yndios naturales de esas prouincias no son gouernados por las leyes y prouisiones nuestras sobre ello dadas sino por las destos Reynos siendo diuersa la rrepublica e gouierno de donde se sigue que los enseñan a pleytear lleuandoles sus haziendas y siendo causa de muchos perjuros en los negocios y de usurpar las haciendas agenas con autoridad de justicia y se les pervierte su gouierno quitandolos de la sujecion de sus caciques curacas y señores naturales y porque como saueis teneis horder precisa de que en los pleitos de los dichos yndios no se hagan procesos ordinarios y que sumariamente se determinen guardando sus usos y costumbres no siendo claramente injustos y de no hazerse ansi demas de seguirse tanto daño a los dichos yndios no somos desseruidos y nuestra voluntad es que para que mejor se acierte se os declare y advierta mas en particular la orden que en ello aueis de tener y para hazello es necesario sauer los dichos vsos y costumbres que los dichos yndios tenian en tienpo de su gentilidad en todo el termino de vuestro gouierno. 268-269

gouernador / gouernadores


Cita Número de página
Al segundo capitulo dixo que lo que saue e oyo y entendio de lo en el contenido de personas antiguas deste rreino es que la orden de los yngas tubieron en juzgar las causas ceuilles y criminales fue arbitraria porque entre ellos no se escreuia ni se regian sino por la orden que el ynga daua la qual los descendientes vnos de otros guardaban y la forma que se pudo sauer tenian hera que a donde el ynga estaua todas las causas que se ofreciesen se venian a determinar ante el y se hazia lo que el mandaua y esta misma orden se guardaua en las prouincias donde tenia gouernadores y de la manera que el dicho ynga juzgaua hera lo siguiente. 272
…el yndio que en qualquier cossa se descomedia contra los gouernadores le castigauan con rrigor. 275
…sy algun gouernador por cohecho o aficion disimulava algun castigo el ynga le quitaua el cargo y le castigaua y si hera el caso graue le mandaua matar. 275
[…] y de las dichas quatro prouincias tenian quatro gouernadores supremos a quien cada prouincia de aquellas acudia con sus negocios y el gouernador al ynga y desta manera hera facil el gouierno porque en la distancia de cada prouincia auia caciques principales de a mill y de cient yndios y de ay abaxo que tenian cargos y cuidado de todo lo que se auia de hazer en cada pueblo asi para el seruicio del ynga como para el bien y conseruacion del pueblo lo que por el ynga estaua ordenado y de trecho a trecho auia vn tucuyrico que era como juez visitador a quien ocurrian con las cosas extraordinarias para que las juzgase y determinase porque las graues y de mucha ynportancia todas yuan al gouernador supremo y del al ynga como dicho tiene[...] 278
[…] por el mes de henero deste año a la qual se rremite y en quanto a las leyes y ordenanças que el ynga tenia generales en lo ceuil y criminal saue este testigo y tiene por cierto muchas aueriguaciones que a hecho entre yndios antiguos de los que fueron gouernadores y capitanes del ynga que son ya muertos en todas las cosas tocantes a lo esencial del gouierno de todo el rreyno tenia el ynga cerca de sy dos quipos camayos a manera de secretarios los quales tenian por memoria en vnos cordeles de muchos colores todas las leyes y ordenanças generales tocantes al gouierno y a lo ceuil y criminal los quales tenian tanta abilidad e memoria en conoscer el cordel en que estaua cada cosa que a cualquiera ora que el ynga lo pedia le dauan rrazon dello los quales tenian como rregistros cotejado el vn secretario con el otro sus memoriales sin discrepar vna palabra en alguna cosa [...] 279
[…] y a los que se hechauan con alguna yndia casada demas de matallos bibos sembrauan el lugar donde los cogian despinas para memoria e que el ynga no oya de pleitos a los negociantes que venian de las prouincias embiados por los gouernadores dellas sino que el orden que en esto auia hera que el ynga tenia señalado y nombrada vna persona graue de su linaxe con quien se tratasen y difiniesen todos los negocios y este lo trataua con el ynga y entre ambos se acordaua lo que se auia de hazer y esta segunda persona lo mandaua poner en execucion y esta segunda persona del dicho ynga se elexia el dia que a el le alçauan por señor porque la elecion deste tocaua a los sacerdotes del sol [...] 280
[…] y que los traxes de cada vno se vestia heran los mismos vestidos con que vestian a sus ydolos ansi en los traxes de las calças como en las rropas de que vsauan e que los visitadores y gouernadores que el ynga enbiaua a negocios particulares la señal para que fuesen mas conoscidos hera yr en andas y ombros de yndios porque ninguno podia andar en esta forma si no hera los tales so pena de muerte ecepto algunos caciques que tenian licencia particular para andar como dicho es [...] 281

gouernadores


Cita Número de página
3-Al tercero capitulo dixeron que ya tienen dicho quel ynga tenia doze juezes en esta ciudad y que en las prouincias lo heran los gouernadores y que la jurisdiscion que tenian es como tienen dicho. 285

guacas


Cita Número de página
[…] y que ansi mesmo ios que con madrastras o hermanas se hechauan morian por ello porque tenian entendido porque por estos pecados les castiga el hazedor y sus guacas […] 281

guainacaba / guainacapac


Cita Número de página
1-Al primer capitulo siendoles leydo el que dixo en su dicho garcia de melo vezino desta ciudad y dadoles a entender a los dichos yngas por el dicho ynterprete dixeron que lo que tiene dicho el dicho garcia de melo es la uerdad y todo ello paso como en el se declara y lo propio rresponden ellos a lo contenido en este capitulo porque asy lo vieron passar en tienpo de guainacaba y guascar ynga e mango ynga señores que fueron deste rreyno y el dicho bartolome de porras dixo auello oydo ansi a yndios antiguos y personas que lo sauian. 284
[…] y dezia de los primeros yngas que pusieron las leyes que dicho tienen fueron ynga yupangui e su hijo topa ynga yupangui que fueron los que conquistaron este rreino y que estas leyes que ellos pusieron se platicaron y executaron por sus subcesores que fueron guainacapac y guascar ynga e mango ynga que fue el postrero señor deste rreino y que esto es la uerdad y lo que sauen de lo que se les a preguntado e lo firmo el señor corregidor y el dicho bartolome de porras poque los dichos yndios no supieron firmar e ansi mesmo lo firmo el dicho ynterprete don pedro de cordoua mesia bartolome de porras don Phelipe sayre ante mi juan de quiros escriuano publico. 287

guamanga


Cita Número de página
[…] y heran obligados todos los caciques e personas principales de todo el rreino que tenian cargo y oficio en la rrepublica de sauer la lengua general para poder dar rrazon a sus mayores de todo lo que se ofrescia y que en todo lo demas se rremite al dicho que dixo en esta causa garcia de melo vezino desta ciudad porque el lo a visto y leido y cree y tiene por cierto que paso asi todo lo que en el se declara y que por el año de cinquenta y siete siendo este testigo visitador general en la provincia de guamanga y en esta del cuzco por comision del marques de cañete que dios aya visorrey que fue destos rreynos hizo vna averiguacion con mucha diligencia y cuidado acerca de las cosas contenidas en los capitulos de susso la qual tiene originalmente el licenciado cartagena oydor de la rreal audiencia de los rreyes que se la dio este testigo [...] 278-279

guaranga


Cita Número de página
15-yten que hera cacique de guaranga y si lo proueya el ynga e con que juridiscion y para que casos ceuiles o criminales. 270-271
15-a los quinze capitulos dixo que cacique de guaranga quiere dezir caueça de mill yndios y el ynga los proueya como le parescia para que tuviese quenta y cargo destos mill yndios para acudir con ellos a donde les mandase. 277
16-a los diez e seis capitulos dixo que cacique de Pachaca es lo mismo que tiene dicho de guaranga saluo que pachaca se entiende ser cacique de cient yndios. 277
15-A los quinze capitulos dixo que cacique de guaranga hera de mill yndios. 283
15-A los quize capitulos dixeron que cacique de guaranga es cacique de mill yndios y que este oficio de cacique se heredaua y este cacique solo conoscia y tenia jurisdicion en casos liuianos pero los graues acudian al tucuyrico. 286

guascar


Cita Número de página
1-Al primer capitulo siendoles leydo el que dixo en su dicho garcia de melo vezino desta ciudad y dadoles a entender a los dichos yngas por el dicho ynterprete dixeron que lo que tiene dicho el dicho garcia de melo es la uerdad y todo ello paso como en el se declara y lo propio rresponden ellos a lo contenido en este capitulo porque asy lo vieron passar en tienpo de guainacaba y guascar ynga e mango ynga señores que fueron deste rreyno y el dicho bartolome de porras dixo auello oydo ansi a yndios antiguos y personas que lo sauian. 284
[…] y dezia de los primeros yngas que pusieron las leyes que dicho tienen fueron ynga yupangui e su hijo topa ynga yupangui que fueron los que conquistaron este rreino y que estas leyes que ellos pusieron se platicaron y executaron por sus subcesores que fueron guainacapac y guascar ynga e mango ynga que fue el postrero señor deste rreino y que esto es la uerdad y lo que sauen de lo que se les a preguntado e lo firmo el señor corregidor y el dicho bartolome de porras poque los dichos yndios no supieron firmar e ansi mesmo lo firmo el dicho ynterprete don pedro de cordoua mesia bartolome de porras don Phelipe sayre ante mi juan de quiros escriuano publico. 287

hacienda / hazienda / haziendas


Cita Número de página
[…] y quando de mano en mano benia alguna duda sobre qualquiera causa y negocio que se ofresciese por alli se juzgaua y determinaua y estas heran las leyes y ordenanças del rreino y que demas destos en cada prouincia generalmente auia sus quipos camayos que eran como escriuanos que tenian quenta en todo lo que se ofrescia y en la hazienda otros del ynga y los ay el dia de oy e que esto es uerdad para el juramento que hizo e que es de hedad de mas de setenta años y firmolo de su nombre y el señor corregidor don pedro de cordoua mesia damian de la uandera ante mi joan de quiros. 279
[…] y si alguna muger destas mamaconas erraba tomauan al yndio y a la muger y los colgauan de los pies de manera que el vno al otro se biese y alli espirauan y que la determinacion de pleitos sobre muertes e quitada de haziendas enbiaua el ynga vno de los orejones para que lo juzgase y lo que aqueste determinaua pasaua el ynga por ello. 282
El Rey don martin Enriquez nuestro Visorrey gouernador y capitan general de las prouincias del piru nos somos ynformado que los yndios naturales de esas prouincias no son gouernados por las leyes y prouisiones nuestras sobre ello dadas sino por las destos Reynos siendo diuersa la rrepublica e gouierno de donde se sigue que los enseñan a pleytear lleuandoles sus haziendas y siendo causa de muchos perjuros en los negocios y de usurpar las haciendas agenas con autoridad de justicia y se les pervierte su gouierno quitandolos de la sujecion de sus caciques curacas y señores naturales y porque como saueis teneis horder precisa de que en los pleitos de los dichos yndios no se hagan procesos ordinarios y que sumariamente se determinen guardando sus usos y costumbres no siendo claramente injustos y de no hazerse ansi demas de seguirse tanto daño a los dichos yndios no somos desseruidos y nuestra voluntad es que para que mejor se acierte se os declare y advierta mas en particular la orden que en ello aueis de tener y para hazello es necesario sauer los dichos vsos y costumbres que los dichos yndios tenian en tienpo de su gentilidad en todo el termino de vuestro gouierno. 268-269

hechizos


Cita Número de página
…el que mataua con hechizos hera condenado a muerte el y todos los de su cassa por que no quedase en ella quien supiese el oficios. 273
…y si alguno hazia mouer a alguna muger con hechizos o por golpes que le daua tenia pena de muerte. 273

huruncuzco


Cita Número de página
e luego yncontinente para aueriguacion de lo contenido en los dichos capitulos el dicho corregidor hizo parescer ante si a bartolome de porras ques hijo de antonio diaz de porras conquistador que fue deste rreyno y de doña beatriz miro yndia el qual tiene mucha noticia y platica de las cosas de los yndios por auerse comunicado e tratado con los principales dellos en esta ciudad y a don francisco cocamayta de la parcialidad de huruncuzco y a don francisco quiqua yndio de la parcialidad de anancuzco ambos yndios yngas viejos que cada vno dellos confesaron tener mas de setenta años y el vno dixo tener hedad de ochenta años y siendo preguntados por el tenor de los capitulos de suso por lengua a los dichos yndios de don fhelipe sayre ynterprete general desta ciudad dixeron lo siguiente. 283-284

huruncuzcos


Cita Número de página
2-Al segundo capitulo siendoles leydo el dicho que dixo el dicho garcia de melo en quanto a este capitulo que no pasaua ansi lo que dicho tiene el dicho garcia de melo en quanto a yr al ynga con los pleitos y causas que se ofrescian porque tenia el ynga doze yndios los seis de la parcialidad de huruncuzcos y los otros seis de anancuzco y estos doze asistian en vn lugar señalado e que ellos yvan con todos los pleitos y diferencias que a los yndios se les ofrescian y que en su presencia se aueriguauan y determinauan las causas ceuiles y criminales y sobre estos doze yndios auia otro yndio que precedia sobre ellos y asistia a ver lo que juzgavan y determinauan y que si se ofrescian cassos graues dauan quenta dello en ofresciendose el negocio al ynga e de los demas se la dauan de mes a mes y que quanto al ynga no auia fuerça de ley mas de adbitrar y hazer lo quel queria [...] 284

juez de naturales


Cita Número de página
19-a los diez e nueue capitulos dixo que en lo que toca a los quipos que sirue a los yndios para sus quentas que oy dia los vsan y los tienen e que en los demas se rrigen por memoria que va de vnos en otros y por cantares que cantan como tienen dicho todo lo qual saue este testigo por auerse ynformado dello en el tienpo que ha que esta en esta tierra de los yndios antiguos della porque este testigo es muy antiguo en estos rreynos y a sido juez de naturales muchas vezes donde a tenido noticia de lo que dicho tiene y esto es la uerdad de lo que a entendido cerca de lo que se le a preguntado y que es de hedad de mas de setenta años y firmolo de su nombre y el señor corregidor don pedro de cordoua mesia melo ante mi juan de quiros scriuano publico. 277-278

maiz


Cita Número de página
2-Al segundo capitulo que el ynga en este cuzco tenia esta orden que auia en el muchas mamaconas rrepartidas en casas cercadas y estas heran vnas mugeres dedicadas al sol y al seruicio del ynga y tenian cuidado de proueer al ynga vivo y a los yngas muertos antecesores en dalles de comer maiz cozido e tostado y carne y lo ponian delante de los bultos y lo quemauan y esto tenian por bastante comida para los difuntos [...] 281-282

mamaconas


Cita Número de página
…el que quebrantaua la cassa donde estauan las mamaconas que eran como monjas dedicadas al sol le colgauan de los pies hasta que moria. 276
2-Al segundo capitulo que el ynga en este cuzco tenia esta orden que auia en el muchas mamaconas rrepartidas en casas cercadas y estas heran vnas mugeres dedicadas al sol y al seruicio del ynga y tenian cuidado de proueer al ynga vivo y a los yngas muertos antecesores en dalles de comer maiz cozido e tostado y carne y lo ponian delante de los bultos y lo quemauan y esto tenian por bastante comida para los difuntos [...] 281-282
[…] y si alguna muger destas mamaconas erraba tomauan al yndio y a la muger y los colgauan de los pies de manera que el vno al otro se biese y alli espirauan y que la determinacion de pleitos sobre muertes e quitada de haziendas enbiaua el ynga vno de los orejones para que lo juzgase y lo que aqueste determinaua pasaua el ynga por ello. 282

mango ynga


Cita Número de página
1-Al primer capitulo siendoles leydo el que dixo en su dicho garcia de melo vezino desta ciudad y dadoles a entender a los dichos yngas por el dicho ynterprete dixeron que lo que tiene dicho el dicho garcia de melo es la uerdad y todo ello paso como en el se declara y lo propio rresponden ellos a lo contenido en este capitulo porque asy lo vieron passar en tienpo de guainacaba y guascar ynga e mango ynga señores que fueron deste rreyno y el dicho bartolome de porras dixo auello oydo ansi a yndios antiguos y personas que lo sauian. 284
[…] y dezia de los primeros yngas que pusieron las leyes que dicho tienen fueron ynga yupangui e su hijo topa ynga yupangui que fueron los que conquistaron este rreino y que estas leyes que ellos pusieron se platicaron y executaron por sus subcesores que fueron guainacapac y guascar ynga e mango ynga que fue el postrero señor deste rreino y que esto es la uerdad y lo que sauen de lo que se les a preguntado e lo firmo el señor corregidor y el dicho bartolome de porras poque los dichos yndios no supieron firmar e ansi mesmo lo firmo el dicho ynterprete don pedro de cordoua mesia bartolome de porras don Phelipe sayre ante mi juan de quiros escriuano publico. 287

ministros / ministros de justicia


Cita Número de página
17-a los diez e siete capitulos dixo que lo que supo desto es quel ynga proueya comisarios e ministros para que fuesen a las prouincias donde el no estaua ni podia yr personalmente para que oyesen y executasen la justicia conforme a la comision que el ynga les ordenaua de palabra. 277
4-al quarto capitulo dixo que no tenia mas ministros de justicia de los executores que executauan lo quel ynga mandaua y que para esto tenia vn Pu° llamado corca dos leguas desta ciudad adonde rresidian los dichos executores y no auia otros ministros de justicia. 276

mitimae


Cita Número de página
…y el yndio mitimae que el ynga ponia en vn pueblo si se yba por la primera vez le castigauan con tormentos y por la segunda tenia pena de muerte. 274

mojones / moxones


Cita Número de página
[…] es ansi como lo tiene dicho garcia de melo y que particularmente en el delito del que mudaua mojones en el campo le castigauan en el lugar donde los mudaua y que el que caçaba en partes bedadas por la primera vez le castigauan e ponian los cauellos en el monte y lugar por donde entraua y la segunda le atormentauan y la tercera le matauan y que en quanto al que mudaua el traxe de la prouincia de donde hera tenia pena de muerte porque solo el ynga podia mudarse el traxe y bestido que queria. 285
[...] y en cada prouincia auia pueblos poblados muchos e puestos sus moxones y señalados sus terminos a cada vno y cada pueblo tenia a cargo sus terminos para adereçar los caminos y la manera del gouierno hera por caciques que tenian sus pueblos e jurisdiciones señalados y estos caciques son como señores en españa y en cada cacicazgo ponia el ynga un tucuyrico que el oficio deste era mirar lo que todos hazian y si se cumplia lo que estauan obligados a hazer los dichos caciques y los dichos tucuyricos tenian a su cargo las tierras del sol e del ynga que en cada cacicazgo auia dedicadas al sol y al dicho ynga y las hazian labrar y cultibar beneficiando lo que se coxia dellas y a este tucuyrico si no hazia bien su oficio le quitaua el ynga y ponia otro y si lo hazia bien le dexauan estar siempre. 272
…el que quitaua moxones o los rretraya le castigauan con tormentos por la primera vez y por la segunda con pena de muerte. 275

nudos


Cita Número de página
3-al tercero capitulo dixo que lo que del saue es que el ynga embiaua orejones que heran como corregidores a las prouincias e que estos determinauan las causas y heran los caciques de las prouincias sujetos a ellos y lo que aquellos tocre que asy se llamauan hazian el ynga estaua por ello y que la determinacion de los pleytos los embiauan al ynga en quipos que son vnas cuerdas dados vnos nudos en ellas e que por aqui se entendian. 282
[…] en quanto a juzgar juzgauan por las leyes que ellos tenian las quales entendian por vnas señales que tenian en quipos que son nudos de diferentes colores y por otras señales que tenian en vna tabla de diferentes colores por donde entendia la pena que cada delinquente tenia y que para sauer lo que estas leyes contenian auia dos yndios de ordinario que no se quitauan de junto a ellas sino que siempre estudiauan en ellas y declarauan lo que contenia cada cosa y siempre auia estudio de esto [...] 284-285

orejones


Cita Número de página
1-Al primer capitulo dixo que lo que del saue es que desde esta ciudad hasta la puna eran prouincias y se gouernauan por orejones que el ynga ponia y estos tenian cuidado de cobrar los tributos que al ynga le pertenescian y tomauan las yndias mas hermosas de la prouincia muchachas y las hazian meter en encerramientos para el seruicio del sol y del ynga y estas tenian cuidado de hazer sementeras para quemar y hazer sacrificio al sol y lo demas se ponia en deposito para quando el ynga hazia guerra en otras prouincias y de los dichos depositos se proueya la gente de guerra de lo que auian menester sin hazer daño en la prouincia. 281
[…] y si alguna muger destas mamaconas erraba tomauan al yndio y a la muger y los colgauan de los pies de manera que el vno al otro se biese y alli espirauan y que la determinacion de pleitos sobre muertes e quitada de haziendas enbiaua el ynga vno de los orejones para que lo juzgase y lo que aqueste determinaua pasaua el ynga por ello. 282
3-al tercero capitulo dixo que lo que del saue es que el ynga embiaua orejones que heran como corregidores a las prouincias e que estos determinauan las causas y heran los caciques de las prouincias sujetos a ellos y lo que aquellos tocre que asy se llamauan hazian el ynga estaua por ello y que la determinacion de los pleytos los embiauan al ynga en quipos que son vnas cuerdas dados vnos nudos en ellas e que por aqui se entendian. 282

Pachaca


Cita Número de página
16-yten que hera cacique de Pachaca y quien le proueya e si hera con juridiscion y esta a que y como se estendía. 271

pachaca


Cita Número de página
16-a los diez e seis capitulos dixo que cacique de pachaca es lo mismo que tiene dicho de guaranga saluo que pachaca se entiende ser cacique de cient yndios. 277
16-A los diez e seis capitulos dixo que cacique de pachaca quiere decir cacique de cien yndios. 283
16-A los diez e seis capitulos dixo que cacique de pachaca hera cacique de cient yndios e que no tenian mas juridiscion de sobre estos cient yndios en prendellos haziendo algo para lleuallos al tucuyrico y acudir con el seruicio de ellos a donde se le mandaua. 286

parcialidad


Cita Número de página
e luego yncontinente para aueriguacion de lo contenido en los dichos capitulos el dicho corregidor hizo parescer ante si a bartolome de porras ques hijo de antonio diaz de porras conquistador que fue deste rreyno y de doña beatriz miro yndia el qual tiene mucha noticia y platica de las cosas de los yndios por auerse comunicado e tratado con los principales dellos en esta ciudad y a don francisco cocamayta de la parcialidad de huruncuzco y a don francisco quiqua yndio de la parcialidad de anancuzco ambos yndios yngas viejos que cada vno dellos confesaron tener mas de setenta años y el vno dixo tener hedad de ochenta años y siendo preguntados por el tenor de los capitulos de suso por lengua a los dichos yndios de don fhelipe sayre ynterprete general desta ciudad dixeron lo siguiente. 283-284
2-Al segundo capitulo siendoles leydo el dicho que dixo el dicho garcia de melo en quanto a este capitulo que no pasaua ansi lo que dicho tiene el dicho garcia de melo en quanto a yr al ynga con los pleitos y causas que se ofrescian porque tenia el ynga doze yndios los seis de la parcialidad de huruncuzcos y los otros seis de anancuzco y estos doze asistian en vn lugar señalado e que ellos yvan con todos los pleitos y diferencias que a los yndios se les ofrescian y que en su presencia se aueriguauan y determinauan las causas ceuiles y criminales y sobre estos doze yndios auia otro yndio que precedia sobre ellos y asistia a ver lo que juzgavan y determinauan y que si se ofrescian cassos graues dauan quenta dello en ofresciendose el negocio al ynga e de los demas se la dauan de mes a mes y que quanto al ynga no auia fuerça de ley mas de adbitrar y hazer lo quel queria [...] 284

persona principal / personas principales /gente principal / hombre principal / principal / principales


Cita Número de página
…el que mataua a traicion hera luego condenado a muerte aunque fuese persona principal. 273

persona principal / gente principal / hombre principal / principal / principales


Cita Número de página
…y el yndio que mataua a su muger por adulterio hera libre y si la mataua por otra culpa si el marido era persona principal le daua el ynga la pena que le parescia sin muerte y si era yndio particular le condenauan a muerte. 273
13-al treze capitulo dixo que el tucuyrico era siempre persona principal y este le ponia el ynga por el tiempo que el queria y quel mando y jurisdiscion que tenia era ver como cumplian los caciques lo que cada vno estaua obligado a hazer en su lugar e que el oficio destos era ser sobreestantes de lo que el ynga mandaua. 277
[…] y heran obligados todos los caciques e personas principales de todo el rreino que tenian cargo y oficio en la rrepublica de sauer la lengua general para poder dar rrazon a sus mayores de todo lo que se ofrescia y que en todo lo demas se rremite al dicho que dixo en esta causa garcia de melo vezino desta ciudad porque el lo a visto y leido y cree y tiene por cierto que paso asi todo lo que en el se declara y que por el año de cinquenta y siete siendo este testigo visitador general en la prouincia de guamanga y en esta del cuzco por comision del marques de cañete que dios aya visorrey que fue destos rreynos hizo vna averiguacion con mucha diligencia y cuidado acerca de las cosas contenidas en los capitulos de susso la qual tiene originalmente el licenciado cartagena oydor de la rreal audiencia de los rreyes que se la dio este testigo [...] 278-279
…si alguno corrompia alguna muger virgen si hera hija de principal le matauan luego y si hera particular le castigauan con tormentos e si hallauan que lo auia fecho otra vez le matauan. 273-274
…el que adulteraba con muger agena le castigauan con tormentos y si era muger de persona principal los matauan a entrambos porque dezian que si ella no consintiera el no podia hazer delito. 274
[...] y todas estas prouincias tienen diferentes lenguas y el ynga mando que todos aprendiesen la lengua de chinchaysuyo que llaman la general y particularmente mandaron aprender esta lengua a los caciques y sus hijos y gente principal. 271-272
13-A los treze capitulos dixeron que el tucuyrico le ponia el ynga por el tiempo quel queria y hera hombre principal de la casta de los yngas porque no fiaua el dicho oficio de otros e que tenia juridiscion en todos los negocios que se ofrescian y que este traya guarda consigo de su propia nacion. 286
18-A los diez y ocho capitulos dixeron que demas de lo que dicho tienen quando el dicho comisario yba a castigar y hazer daño lleuaua vna borla colorada cosida en la camiseta en la espalda del braço derecho que hera señal de sangre y si hera yr a hazer algun llanto por muerte de algun pariente del ynga y otro principal o hazer demostracion en caso de tristeza o desgracia que vbiese subcedido lleuaua vna borla negra y si yba algun casso de alegria lleuaba la borla blanca. 287
e luego yncontinente para aueriguacion de lo contenido en los dichos capitulos el dicho corregidor hizo parescer ante si a bartolome de porras ques hijo de antonio diaz de porras conquistador que fue deste rreyno y de doña beatriz miro yndia el qual tiene mucha noticia y platica de las cosas de los yndios por auerse comunicado e tratado con los principales dellos en esta ciudad y a don francisco cocamayta de la parcialidad de huruncuzco y a don francisco quiqua yndio de la parcialidad de anancuzco ambos yndios yngas viejos que cada vno dellos confesaron tener mas de setenta años y el vno dixo tener hedad de ochenta años y siendo preguntados por el tenor de los capitulos de suso por lengua a los dichos yndios de don fhelipe sayre ynterprete general desta ciudad dixeron lo siguiente. 283-284

piru


Cita Número de página
e despues de lo susodicho en el cuzco a tres dias del mes de abrill de dicho año para la dicha ynformacion se presento por testigo alonso de mesa descubridor y conquistador destos rreynos y prouincias del piru e señor de la villa de Piedrabuena en los rreinos despaña e vecino desta dicha ciudad del qual se rrescibio juramento en forma de derecho so cargo del qual prometio dezir verdad e siendo preguntado por el tenor de los dichos capitulos dixo lo siguiente. 281

prouincia / prouincias


Cita Número de página
/ y la otra prouincia que es de la otra parte corre hazia la costa de la mar y se llama condesuyo que no es muy grande por estar la costa no muy lexos [...] 271
[...] y en cada prouincia auia pueblos poblados muchos e puestos sus moxones y señalados sus terminos a cada vno y cada pueblo tenia a cargo sus terminos para adereçar los caminos y la manera del gouierno hera por caciques que tenian sus pueblos e jurisdiciones señalados y estos caciques son como señores en españa y en cada cacicazgo ponia el ynga un tucuyrico que el oficio deste era mirar lo que todos hazian y si se cumplia lo que estauan obligados a hazer los dichos caciques y los dichos tucuyricos tenian a su cargo las tierras del sol e del ynga que en cada cacicazgo auia dedicadas al sol y al dicho ynga y las hazian labrar y cultibar beneficiando lo que se coxia dellas y a este tucuyrico si no hazia bien su oficio le quitaua el ynga y ponia otro y si lo hazia bien le dexauan estar siempre. 272
…el que mudaua el traxe de la prouincia de donde era natural le castigauan grauemente. 276
[…] y de las dichas quatro prouincias tenian quatro gouernadores supremos a quien cada prouincia de aquellas acudia con sus negocios y el gouernador al ynga y desta manera hera facil el gouierno porque en la distancia de cada prouincia auia caciques principales de a mill y de cient yndios y de ay abaxo que tenian cargos y cuidado de todo lo que se auia de hazer en cada pueblo asi para el seruicio del ynga como para el bien y conseruacion del pueblo lo que por el ynga estaua ordenado y de trecho a trecho auia vn tucuyrico que era como juez visitador a quien ocurrian con las cosas extraordinarias para que las juzgase y determinase porque las graues y de mucha ynportancia todas yuan al gouernador supremo y del al ynga como dicho tiene[...] 278
[…] y heran obligados todos los caciques e personas principales de todo el rreino que tenian cargo y oficio en la rrepublica de sauer la lengua general para poder dar rrazon a sus mayores de todo lo que se ofrescia y que en todo lo demas se rremite al dicho que dixo en esta causa garcia de melo vezino desta ciudad porque el lo a visto y leido y cree y tiene por cierto que paso asi todo lo que en el se declara y que por el año de cinquenta y siete siendo este testigo visitador general en la prouincia de guamanga y en esta del cuzco por comision del marques de cañete que dios aya visorrey que fue destos rreynos hizo vna averiguacion con mucha diligencia y cuidado acerca de las cosas contenidas en los capitulos de susso la qual tiene originalmente el licenciado cartagena oydor de la rreal audiencia de los rreyes que se la dio este testigo [...] 278-279
[…] y quando de mano en mano benia alguna duda sobre qualquiera causa y negocio que se ofresciese por alli se juzgaua y determinaua y estas heran las leyes y ordenanças del rreino y que demas destos en cada prouincia generalmente auia sus quipos camayos que eran como escriuanos que tenian quenta en todo lo que se ofrescia y en la hazienda otros del ynga y los ay el dia de oy e que esto es uerdad para el juramento que hizo e que es de hedad de mas de setenta años y firmolo de su nombre y el señor corregidor don pedro de cordoua mesia damian de la uandera ante mi joan de quiros. 279
[…] y a los que se hechauan con alguna yndia casada demas de matallos bibos sembrauan el lugar donde los cogian despinas para memoria e que el ynga no oya de pleitos a los negociantes que venian de las prouincias embiados por los gouernadores dellas sino que el orden que en esto auia hera que el ynga tenia señalado y nombrada vna persona graue de su linaxe con quien se tratasen y difiniesen todos los negocios y este lo trataua con el ynga y entre ambos se acordaua lo que se auia de hazer y esta segunda persona lo mandaua poner en execucion y esta segunda persona del dicho ynga se elexia el dia que a el le alçauan por señor porque la elecion deste tocaua a los sacerdotes del sol [...] 280
e despues de lo susodicho en el cuzco a tres dias del mes de abrill de dicho año para la dicha ynformacion se presento por testigo alonso de mesa descubridor y conquistador destos rreynos y prouincias del piru e señor de la villa de Piedrabuena en los rreinos despaña e vecino desta dicha ciudad del qual se rrescibio juramento en forma de derecho so cargo del qual prometio dezir verdad e siendo preguntado por el tenor de los dichos capitulos dixo lo siguiente. 281
1-Al primer capitulo dixo que lo que del saue es que desde esta ciudad hasta la puna eran prouincias y se gouernauan por orejones que el ynga ponia y estos tenian cuidado de cobrar los tributos que al ynga le pertenescian y tomauan las yndias mas hermosas de la prouincia muchachas y las hazian meter en encerramientos para el seruicio del sol y del ynga y estas tenian cuidado de hazer sementeras para quemar y hazer sacrificio al sol y lo demas se ponia en deposito para quando el ynga hazia guerra en otras prouincias y de los dichos depositos se proueya la gente de guerra de lo que auian menester sin hazer daño en la prouincia. 281
3-al tercero capitulo dixo que lo que del saue es que el ynga embiaua orejones que heran como corregidores a las prouincias e que estos determinauan las causas y heran los caciques de las prouincias sujetos a ellos y lo que aquellos tocre que asy se llamauan hazian el ynga estaua por ello y que la determinacion de los pleytos los embiauan al ynga en quipos que son vnas cuerdas dados vnos nudos en ellas e que por aqui se entendian. 282
18-A los diez e ocho capitulos dixo que la rrazon que lleuavan los que yvan proueidos por el ynga hera dezir que heran sus yanaconas y que yuan a gouernar tal prouincia y los ouedescian por este rrespeto. 283
[…] es ansi como lo tiene dicho garcia de melo y que particularmente en el delito del que mudaua mojones en el campo le castigauan en el lugar donde los mudaua y que el que caçaba en partes bedadas por la primera vez le castigauan e ponian los cauellos en el monte y lugar por donde entraua y la segunda le atormentauan y la tercera le matauan y que en quanto al que mudaua el traxe de la prouincia de donde hera tenia pena de muerte porque solo el ynga podia mudarse el traxe y bestido que queria. 285
3-Al tercero capitulo dixeron que ya tienen dicho quel ynga tenia doze juezes en esta ciudad y que en las prouincias lo heran los gouernadores y que la jurisdiscion que tenian es como tienen dicho. 285
6-al sesto capitulo dixeron que dizen lo que dicho tienen e que las leyes eran vniversales en toda la prouincia del ynga. 285
17-E que quando se ofrescian cosas graues en las prouincias embiaua el ynga vn comisario y que la señal que este lleuaua para ser ouedescido hera yr en andas y vn baculo en la mano y que si el negocio hera muy arduo lleuaua por señal vna camiseta azul e yba con el mismo poder del ynga [...] 287
El Rey don martin Enriquez nuestro Visorrey gouernador y capitan general de las prouincias del piru nos somos ynformado que los yndios naturales de esas prouincias no son gouernados por las leyes y prouisiones nuestras sobre ello dadas sino por las destos Reynos siendo diuersa la rrepublica e gouierno de donde se sigue que los enseñan a pleytear lleuandoles sus haziendas y siendo causa de muchos perjuros en los negocios y de usurpar las haciendas agenas con autoridad de justicia y se les pervierte su gouierno quitandolos de la sujecion de sus caciques curacas y señores naturales y porque como saueis teneis horder precisa de que en los pleitos de los dichos yndios no se hagan procesos ordinarios y que sumariamente se determinen guardando sus usos y costumbres no siendo claramente injustos y de no hazerse ansi demas de seguirse tanto daño a los dichos yndios no somos desseruidos y nuestra voluntad es que para que mejor se acierte se os declare y advierta mas en particular la orden que en ello aueis de tener y para hazello es necesario sauer los dichos vsos y costumbres que los dichos yndios tenian en tienpo de su gentilidad en todo el termino de vuestro gouierno. 268-269
1-Lo primero como tenia diuididas las poblaciones si era por prouincias o por pueblos y con que orden y cabeça en cada vna y con que orden y gouierno. 269
Al primer capitulo dixo que este testigo a que entro en esta ciudad del cuzco el año de treynta y ocho que a mas de quarenta años y en este tiempo a procurado entender lo que el capitulo dize y lo que el saue es que los yngas señores que fueron deste rreino tenían su principal aseynto en esta ciudad y tenian toda la tierra que poseyan rrepartida en quatro prouincias que salian de los quatro lados desta ciudad porque el asiento della esta en medio de todas las prouincias y la una se llama chinchaysuyo que corre mas de quinientas leguas[...] 271
[...] y todas estas prouincias tienen diferentes lenguas y el ynga mando que todos aprendiesen la lengua de chinchaysuyo que llaman la general y particularmente mandaron aprender esta lengua a los caciques y sus hijos y gente principal. 271-272
Al segundo capitulo dixo que lo que saue e oyo y entendio de lo en el contenido de personas antiguas deste rreino es que la orden de los yngas tubieron en juzgar las causas ceuilles y criminales fue arbitraria porque entre ellos no se escreuia ni se regian sino por la orden que el ynga daua la qual los descendientes vnos de otros guardaban y la forma que se pudo sauer tenian hera que a donde el ynga estaua todas las causas que se ofreciesen se venian a determinar ante el y se hazia lo que el mandaua y esta misma orden se guardaua en las prouincias donde tenia gouernadores y de la manera que el dicho ynga juzgaua hera lo siguiente. 272
17-a los diez e siete capitulos dixo que lo que supo desto es quel ynga proueya comisarios e ministros para que fuesen a las prouincias donde el no estaua ni podia yr personalmente para que oyesen y executasen la justicia conforme a la comision que el ynga les ordenaua de palabra. 277
Al primer capitulo que lo que saue y a sauido y entendido es que los yngas señores que fueron destos rreinos rresidian en esta ciudad del cuzco como en caueça de todo el e que para poder gouernar rreino tan grande lo tenian diuidido en quatro prouincias conbiene a sauer chinchasuyo collasuyo condesuyo andesuyo las quales prouincias heran pobladas y lo son de presente de diferentes naciones y lenguas de gentes todas las quales naciones se diferenciauan en el traxe de las caueças [...] 278
/ y la otra prouincia questa del otro lado se llama collasuyo que corre hazia los terminos de chile / 271

puna


Cita Número de página
1-Al primer capitulo dixo que lo que del saue es que desde esta ciudad hasta la puna eran prouincias y se gouernauan por orejones que el ynga ponia y estos tenian cuidado de cobrar los tributos que al ynga le pertenescian y tomauan las yndias mas hermosas de la prouincia muchachas y las hazian meter en encerramientos para el seruicio del sol y del ynga y estas tenian cuidado de hazer sementeras para quemar y hazer sacrificio al sol y lo demas se ponia en deposito para quando el ynga hazia guerra en otras prouincias y de los dichos depositos se proueya la gente de guerra de lo que auian menester sin hazer daño en la prouincia. 281

quipos


Cita Número de página
19-yten den razon de si ay señales o quipos u otro rrecaudar por donde conste de lo que dizen y por donde se puede berificar y comprouar la uerdad de lo que se le pregunta xpoual de miranda. 271
19-a los diez e nueue capitulos dixo que en lo que toca a los quipos que sirue a los yndios para sus quentas que oy dia los vsan y los tienen e que en los demas se rrigen por memoria que va de vnos en otros y por cantares que cantan como tienen dicho todo lo qual saue este testigo por auerse ynformado dello en el tienpo que ha que esta en esta tierra de los yndios antiguos della porque este testigo es muy antiguo en estos rreynos y a sido juez de naturales muchas vezes donde a tenido noticia de lo que dicho tiene y esto es la uerdad de lo que a entendido cerca de lo que se le a preguntado y que es de hedad de mas de setenta años y firmolo de su nombre y el señor corregidor don pedro de cordoua mesia melo ante mi juan de quiros scriuano publico. 277-278
19-A los diez e nueue capitulos dixo que de lo contenido en este capitulo no entiende que aya al presente señales mas de algunos quipos que entiende de que deue de auer entre los yndios antiguos. 283
[…] en quanto a juzgar juzgauan por las leyes que ellos tenian las quales entendian por vnas señales que tenian en quipos que son nudos de diferentes colores y por otras señales que tenian en vna tabla de diferentes colores por donde entendia la pena que cada delinquente tenia y que para sauer lo que estas leyes contenian auia dos yndios de ordinario que no se quitauan de junto a ellas sino que siempre estudiauan en ellas y declarauan lo que contenia cada cosa y siempre auia estudio de esto [...] 284-285
7-al setimo capitulo dixeron que ya tienen dicho que por quipos y señales se extendian las leyes e por ellas se juzgauan y que en quanto al executar la justicia e la solenidad con que se hazia hera que los executores dedicados para este efecto como tienen dicho lleuauan a los deliquentes a executar las personas y no auia otra forma y nadie se osaua desmandar en lo susodicho en biendo los dichos executores. 285-286
19-A los diez e nueue capitulos dixeron que por su memoria sauen lo que dicho tienen y que al presente no ay memoria de quipos ni de las tablas que dicho tienen tenia el ynga para memoria de sus leyes por quando los españoles conquistaron esta ciudad y rreyno las quebraron e destruyeron y que la memoria que entre ellos se platicaua [...] 287
3-al tercero capitulo dixo que lo que del saue es que el ynga embiaua orejones que heran como corregidores a las prouincias e que estos determinauan las causas y heran los caciques de las prouincias sujetos a ellos y lo que aquellos tocre que asy se llamauan hazian el ynga estaua por ello y que la determinacion de los pleytos los embiauan al ynga en quipos que son vnas cuerdas dados vnos nudos en ellas e que por aqui se entendian. 282

quipos camayos


Cita Número de página
[…] por el mes de henero deste año a la qual se rremite y en quanto a las leyes y ordenanças que el ynga tenia generales en lo ceuil y criminal saue este testigo y tiene por cierto muchas aueriguaciones que a hecho entre yndios antiguos de los que fueron gouernadores y capitanes del ynga que son ya muertos en todas las cosas tocantes a lo esencial del gouierno de todo el rreyno tenia el ynga cerca de sy dos quipos camayos a manera de secretarios los quales tenian por memoria en vnos cordeles de muchos colores todas las leyes y ordenanças generales tocantes al gouierno y a lo ceuil y criminal los quales tenian tanta abilidad e memoria en conoscer el cordel en que estaua cada cosa que a cualquiera ora que el ynga lo pedia le dauan rrazon dello los quales tenian como rregistros cotejado el vn secretario con el otro sus memoriales sin discrepar vna palabra en alguna cosa [...] 279
[…] y quando de mano en mano benia alguna duda sobre qualquiera causa y negocio que se ofresciese por alli se juzgaua y determinaua y estas heran las leyes y ordenanças del rreino y que demas destos en cada prouincia generalmente auia sus quipos camayos que eran como escriuanos que tenian quenta en todo lo que se ofrescia y en la hazienda otros del ynga y los ay el dia de oy e que esto es uerdad para el juramento que hizo e que es de hedad de mas de setenta años y firmolo de su nombre y el señor corregidor don pedro de cordoua mesia damian de la uandera ante mi joan de quiros. 279

quiqua


Cita Número de página
e luego yncontinente para aueriguacion de lo contenido en los dichos capitulos el dicho corregidor hizo parescer ante si a bartolome de porras ques hijo de antonio diaz de porras conquistador que fue deste rreyno y de doña beatriz miro yndia el qual tiene mucha noticia y platica de las cosas de los yndios por auerse comunicado e tratado con los principales dellos en esta ciudad y a don francisco cocamayta de la parcialidad de huruncuzco y a don francisco quiqua yndio de la parcialidad de anancuzco ambos yndios yngas viejos que cada vno dellos confesaron tener mas de setenta años y el vno dixo tener hedad de ochenta años y siendo preguntados por el tenor de los capitulos de suso por lengua a los dichos yndios de don fhelipe sayre ynterprete general desta ciudad dixeron lo siguiente. 283-284

sayre


Cita Número de página
e luego yncontinente para aueriguacion de lo contenido en los dichos capitulos el dicho corregidor hizo parescer ante si a bartolome de porras ques hijo de antonio diaz de porras conquistador que fue deste rreyno y de doña beatriz miro yndia el qual tiene mucha noticia y platica de las cosas de los yndios por auerse comunicado e tratado con los principales dellos en esta ciudad y a don francisco cocamayta de la parcialidad de huruncuzco y a don francisco quiqua yndio de la parcialidad de anancuzco ambos yndios yngas viejos que cada vno dellos confesaron tener mas de setenta años y el vno dixo tener hedad de ochenta años y siendo preguntados por el tenor de los capitulos de suso por lengua a los dichos yndios de don fhelipe sayre ynterprete general desta ciudad dixeron lo siguiente. 283-284
[…] y dezia de los primeros yngas que pusieron las leyes que dicho tienen fueron ynga yupangui e su hijo topa ynga yupangui que fueron los que conquistaron este rreino y que estas leyes que ellos pusieron se platicaron y executaron por sus subcesores que fueron guainacapac y guascar ynga e mango ynga que fue el postrero señor deste rreino y que esto es la uerdad y lo que sauen de lo que se les a preguntado e lo firmo el señor corregidor y el dicho bartolome de porras poque los dichos yndios no supieron firmar e ansi mesmo lo firmo el dicho ynterprete don pedro de cordoua mesia bartolome de porras don Phelipe sayre ante mi juan de quiros escriuano publico. 287

señor / señores


Cita Número de página
En la gran ciudad del cuzco del piru a veinte e ocho días del mes de março de mill e quinientos e ochenta y dos años el muy ylustre señor don Pedro de cordoua mexia cauallero del auito de sanctiago corregidor y justicia mayor en esta ciudad y su tierra por su magestad dixo que por cedula de la rreal magestad dirigida al excelentisimo señor don martin enriquez visorrey gouernador e capitan general destos rreinos se manda se haga aueriguación de los usos y costumbres que los yndios naturales desta tierra tenian en el modo de su gouierno y seguimiento de sus pleitos en tienpo de su gentilidad [...] 268
…sy algun ganado hazia daño en alguna sementera el señor della tomaua del ganado el balor del daño que le auia fecho. 275
[…] el dicho garcia de melo supo y entendio este testigo de los dichos yndios antiguos que ynga yupangui señor que fue deste rreyno hizo carceles en que fuesen metidos los delinquentes dos perpetuas y una para mientras se aueriguauan los delitos y otra grauisima y aspera y la forma desto hera vnas cuebas deuajo de tierra todas yncadas por lo baxo y alto y lados de pedernales agudos de suerte que no pudiesen estar en ellas syn herirse por muchas partes y en esta echauan los que no querian dar la ouidiencia e sujecion en las guerras [...] 280
[…] y a los que se hechauan con alguna yndia casada demas de matallos bibos sembrauan el lugar donde los cogian despinas para memoria e que el ynga no oya de pleitos a los negociantes que venian de las prouincias embiados por los gouernadores dellas sino que el orden que en esto auia hera que el ynga tenia señalado y nombrada vna persona graue de su linaxe con quien se tratasen y difiniesen todos los negocios y este lo trataua con el ynga y entre ambos se acordaua lo que se auia de hazer y esta segunda persona lo mandaua poner en execucion y esta segunda persona del dicho ynga se elexia el dia que a el le alçauan por señor porque la elecion deste tocaua a los sacerdotes del sol [...] 280
e despues de lo susodicho en el cuzco a tres dias del mes de abrill de dicho año para la dicha ynformacion se presento por testigo alonso de mesa descubridor y conquistador destos rreynos y prouincias del piru e señor de la villa de Piedrabuena en los rreinos despaña e vecino desta dicha ciudad del qual se rrescibio juramento en forma de derecho so cargo del qual prometio dezir verdad e siendo preguntado por el tenor de los dichos capitulos dixo lo siguiente. 281
e que lo que tiene dicho es la uerdad y lo que a sabido y entendido para el juramento que tiene fecho y que es de hedad de mas de sesenta años y firmolo de su nombre y el señor corregidor don pedro de cordoua mesia al.° de mesa ante mi joan de quiros escriuano publico. 283
[…] y dezia de los primeros yngas que pusieron las leyes que dicho tienen fueron ynga yupangui e su hijo topa ynga yupangui que fueron los que conquistaron este rreino y que estas leyes que ellos pusieron se platicaron y executaron por sus subcesores que fueron guainacapac y guascar ynga e mango ynga que fue el postrero señor deste rreino y que esto es la uerdad y lo que sauen de lo que se les a preguntado e lo firmo el señor corregidor y el dicho bartolome de porras poque los dichos yndios no supieron firmar e ansi mesmo lo firmo el dicho ynterprete don pedro de cordoua mesia bartolome de porras don Phelipe sayre ante mi juan de quiros escriuano publico. 287
Al primer capitulo que lo que saue y a sauido y entendido es que los yngas señores que fueron destos rreinos rresidian en esta ciudad del cuzco como en caueça de todo el e que para poder gouernar rreino tan grande lo tenian diuidido en quatro prouincias conbiene a sauer chinchasuyo collasuyo condesuyo andesuyo las quales prouincias heran pobladas y lo son de presente de diferentes naciones y lenguas de gentes todas las quales naciones se diferenciauan en el traxe de las caueças [...] 278
1-Al primer capitulo siendoles leydo el que dixo en su dicho garcia de melo vezino desta ciudad y dadoles a entender a los dichos yngas por el dicho ynterprete dixeron que lo que tiene dicho el dicho garcia de melo es la uerdad y todo ello paso como en el se declara y lo propio rresponden ellos a lo contenido en este capitulo porque asy lo vieron passar en tienpo de guainacaba y guascar ynga e mango ynga señores que fueron deste rreyno y el dicho bartolome de porras dixo auello oydo ansi a yndios antiguos y personas que lo sauian. 284
El Rey don martin Enriquez nuestro Visorrey gouernador y capitan general de las prouincias del piru nos somos ynformado que los yndios naturales de esas prouincias no son gouernados por las leyes y prouisiones nuestras sobre ello dadas sino por las destos Reynos siendo diuersa la rrepublica e gouierno de donde se sigue que los enseñan a pleytear lleuandoles sus haziendas y siendo causa de muchos perjuros en los negocios y de usurpar las haciendas agenas con autoridad de justicia y se les pervierte su gouierno quitandolos de la sujecion de sus caciques curacas y señores naturales y porque como saueis teneis horder precisa de que en los pleitos de los dichos yndios no se hagan procesos ordinarios y que sumariamente se determinen guardando sus usos y costumbres no siendo claramente injustos y de no hazerse ansi demas de seguirse tanto daño a los dichos yndios no somos desseruidos y nuestra voluntad es que para que mejor se acierte se os declare y advierta mas en particular la orden que en ello aueis de tener y para hazello es necesario sauer los dichos vsos y costumbres que los dichos yndios tenian en tienpo de su gentilidad en todo el termino de vuestro gouierno. 268-269
[...] y en cada prouincia auia pueblos poblados muchos e puestos sus moxones y señalados sus terminos a cada vno y cada pueblo tenia a cargo sus terminos para adereçar los caminos y la manera del gouierno hera por caciques que tenian sus pueblos e jurisdiciones señalados y estos caciques son como señores en españa y en cada cacicazgo ponia el ynga un tucuyrico que el oficio deste era mirar lo que todos hazian y si se cumplia lo que estauan obligados a hazer los dichos caciques y los dichos tucuyricos tenian a su cargo las tierras del sol e del ynga que en cada cacicazgo auia dedicadas al sol y al dicho ynga y las hazian labrar y cultibar beneficiando lo que se coxia dellas y a este tucuyrico si no hazia bien su oficio le quitaua el ynga y ponia otro y si lo hazia bien le dexauan estar siempre. 272
Al primer capitulo dixo que este testigo a que entro en esta ciudad del cuzco el año de treynta y ocho que a mas de quarenta años y en este tiempo a procurado entender lo que el capitulo dize y lo que el saue es que los yngas señores que fueron deste rreino tenían su principal aseynto en esta ciudad y tenian toda la tierra que poseyan rrepartida en quatro prouincias que salian de los quatro lados desta ciudad porque el asiento della esta en medio de todas las prouincias y la una se llama chinchaysuyo que corre mas de quinientas leguas[...] 271
19-a los diez e nueue capitulos dixo que en lo que toca a los quipos que sirue a los yndios para sus quentas que oy dia los vsan y los tienen e que en los demas se rrigen por memoria que va de vnos en otros y por cantares que cantan como tienen dicho todo lo qual saue este testigo por auerse ynformado dello en el tienpo que ha que esta en esta tierra de los yndios antiguos della porque este testigo es muy antiguo en estos rreynos y a sido juez de naturales muchas vezes donde a tenido noticia de lo que dicho tiene y esto es la uerdad de lo que a entendido cerca de lo que se le a preguntado y que es de hedad de mas de setenta años y firmolo de su nombre y el señor corregidor don pedro de cordoua mesia melo ante mi juan de quiros scriuano publico. 277-278
e despues de lo susodicho en el cuzco a treinta y un dias del mes de março del dicho año el dicho señor corregidor hizo parecer ante si a damian de la uandera vezino desta ciudad del qual se rrescibio juramento en forma de derecho so cargo del qual prometio de dezir verdad y siendo preguntado por el tenor de los dichos capitulos dixo lo siguiente. 278
[…] y quando de mano en mano benia alguna duda sobre qualquiera causa y negocio que se ofresciese por alli se juzgaua y determinaua y estas heran las leyes y ordenanças del rreino y que demas destos en cada prouincia generalmente auia sus quipos camayos que eran como escriuanos que tenian quenta en todo lo que se ofrescia y en la hazienda otros del ynga y los ay el dia de oy e que esto es uerdad para el juramento que hizo e que es de hedad de mas de setenta años y firmolo de su nombre y el señor corregidor don pedro de cordoua mesia damian de la uandera ante mi joan de quiros. 279
e despues de lo susodicho en la dicha ciudad del cuzco a dos dias del mes de abril del dicho año el dicho señor corregidor hizo parecer ante si a xpoual de molina clerigo presbitero cura de la parroquia del ospital de naturales desta dicha ciudad del qual segun su orden se rrescibio juramento en forma de derecho y so cargo del promedio de dezir uerdad y siendo preguntado por el tenor de los capitulos dixo lo siguiente. 279-280
[…] el dicho garcia de melo supo y entendio este testigo de los dichos yndios antiguos que ynga yupangui señor que fue deste rreyno hizo carceles en que fuesen metidos los delinquentes dos perpetuas y una para mientras se aueriguauan los delitos y otra grauisima y aspera y la forma desto hera vnas cuebas deuajo de tierra todas yncadas por lo baxo y alto y lados de pedernales agudos de suerte que no pudiesen estar en ellas syn herirse por muchas partes y en esta echauan los que no querian dar la ouidiencia e sujecion en las guerras [...] 280
fecha la dicha prouança en la manera que dicha es su merced del dicho señor corregidor mando a mi el presente escriuano saque della vn traslado y autoriçado en manera que haga fee lo de y entregue a su merced para lo enviar al excelentisimo señor birrey destos rreynos y a ello dixo que ynterponia e ynterpuso su autoridad y decreto judicial para que valga y haga fee en juizio y fuera del e lo firmo de su nombre testigos antonio sanchez e joan de castañeda escriuanos publicos. 288

tucuyrico / tucuyricos


Cita Número de página
14-A los catorze capitulos dixo quel dicho tucuyrico se proueya a la voluntad del ynga. 283
13-A los treze capitulos dixeron que el tucuyrico le ponia el ynga por el tiempo quel queria y hera hombre principal de la casta de los yngas porque no fiaua el dicho oficio de otros e que tenia juridiscion en todos los negocios que se ofrescian y que este traya guarda consigo de su propia nacion. 286
15-A los quize capitulos dixeron que cacique de guaranga es cacique de mill yndios y que este oficio de cacique se heredaua y este cacique solo conoscia y tenia jurisdicion en casos liuianos pero los graues acudian al tucuyrico. 286
16-A los diez e seis capitulos dixo que cacique de Pachaca hera cacique de cient yndios e que no tenian mas juridiscion de sobre estos cient yndios en prendellos haziendo algo para lleuallos al tucuyrico y acudir con el seruicio de ellos a donde se le mandaua. 286
13-yten quien era el tucuyrico y quien le ponia y quando y por que tiempo y con que juridiscion y que hazia y que juridiscion usava y en que casos y cossas. 270
[...] y en cada prouincia auia pueblos poblados muchos e puestos sus moxones y señalados sus terminos a cada vno y cada pueblo tenia a cargo sus terminos para adereçar los caminos y la manera del gouierno hera por caciques que tenian sus pueblos e jurisdiciones señalados y estos caciques son como señores en españa y en cada cacicazgo ponia el ynga un tucuyrico que el oficio deste era mirar lo que todos hazian y si se cumplia lo que estauan obligados a hazer los dichos caciques y los dichos tucuyricos tenian a su cargo las tierras del sol e del ynga que en cada cacicazgo auia dedicadas al sol y al dicho ynga y las hazian labrar y cultibar beneficiando lo que se coxia dellas y a este tucuyrico si no hazia bien su oficio le quitaua el ynga y ponia otro y si lo hazia bien le dexauan estar siempre. 272
3-yten si tenia juezes particulares y quando y como los nombraua o si lo heran los tucuyricos o los caciques y si esta jurisdicción se la daua limitada o qual y a quienes y como y para que negocios. 269

yanaconas


Cita Número de página
18-A los diez e ocho capitulos dixo que la rrazon que lleuavan los que yvan proueidos por el ynga hera dezir que heran sus yanaconas y que yuan a gouernar tal prouincia y los ouedescian por este rrespeto. 283

ydolos


Cita Número de página
[…] y que los traxes de cada vno se vestia heran los mismos vestidos con que vestian a sus ydolos ansi en los traxes de las calças como en las rropas de que vsauan e que los visitadores y gouernadores que el ynga enbiaua a negocios particulares la señal para que fuesen mas conoscidos hera yr en andas y ombros de yndios porque ninguno podia andar en esta forma si no hera los tales so pena de muerte ecepto algunos caciques que tenian licencia particular para andar como dicho es [...] 281

ynga / yngas


Cita Número de página
[...] y todas estas prouincias tienen diferentes lenguas y el ynga mando que todos aprendiesen la lengua de chinchaysuyo que llaman la general y particularmente mandaron aprender esta lengua a los caciques y sus hijos y gente principal. 271-272
[...] y en cada prouincia auia pueblos poblados muchos e puestos sus moxones y señalados sus terminos a cada vno y cada pueblo tenia a cargo sus terminos para adereçar los caminos y la manera del gouierno hera por caciques que tenian sus pueblos e jurisdiciones señalados y estos caciques son como señores en españa y en cada cacicazgo ponia el ynga un tucuyrico que el oficio deste era mirar lo que todos hazian y si se cumplia lo que estauan obligados a hazer los dichos caciques y los dichos tucuyricos tenian a su cargo las tierras del sol e del ynga que en cada cacicazgo auia dedicadas al sol y al dicho ynga y las hazian labrar y cultibar beneficiando lo que se coxia dellas y a este tucuyrico si no hazia bien su oficio le quitaua el ynga y ponia otro y si lo hazia bien le dexauan estar siempre. 272
…y el yndio que mataua a su muger por adulterio hera libre y si la mataua por otra culpa si el marido era persona principal le daua el ynga la pena que le parescia sin muerte y si era yndio particular le condenauan a muerte. 273
…el que forçaua a alguna muger por la primera vez no le dauan pena de muerte sino la que el ynga arbitraua y si reyncidia en ello le matauan. 273
…el que caçaba caça vedada y en parte proybidas syn licencia del ynga le castigauan con tormentos. 275
14-yten si en este oficio y cargo subcedía hijo o hera voluntad del ynga darlo a quien el queria. 270
15-yten que hera cacique de guaranga y si lo proueya el ynga e con que juridiscion y para que casos ceuiles o criminales. 270-271
Al segundo capitulo dixo que lo que saue e oyo y entendio de lo en el contenido de personas antiguas deste rreino es que la orden de los yngas tubieron en juzgar las causas ceuilles y criminales fue arbitraria porque entre ellos no se escreuia ni se regian sino por la orden que el ynga daua la qual los descendientes vnos de otros guardaban y la forma que se pudo sauer tenian hera que a donde el ynga estaua todas las causas que se ofreciesen se venian a determinar ante el y se hazia lo que el mandaua y esta misma orden se guardaua en las prouincias donde tenia gouernadores y de la manera que el dicho ynga juzgaua hera lo siguiente. 272
...quando alguno hera acusado de delito le ponian en presencia del ynga y alli venian los testigos con que le acusauan y delante del se aueriguaba el delito y alli luego era sentenciado y se executaua la sentencia sin mas apelacion ni rreplica. 272
...tenian yndios señalados para executar la justicia quel ynga mandaua y quando yban a matar a alguno yba el tal executor con vna señal que lleuaua en la mano que a lo que se acuerda oyo dezir que era vn basillo de plata y ansi el deliquente en biendolo entendia que auia de morir. 272-273
…el cacique que mataua a algun yndio su sujeto sin embiar a pedir licencia al ynga le castigauan publicamente dandole con piedras en las espaldas que hera entre ellos castigo afrentoso / este castigo le hazian por la primera vez y si reyncidia a la segunda le condenauan a muerte y si por ruego la concedian la uida era quitandole el cacicazgo y desterrandole a lexanas tierras. 273
…el hurto que se hazía al sol o al ynga por pequeño que fuese tenia pena de muerte. 274
…y el yndio mitimae que el ynga ponia en vn pueblo si se yba por la primera vez le castigauan con tormentos y por la segunda tenia pena de muerte. 274
…sy algun gouernador por cohecho o aficion disimulava algun castigo el ynga le quitaua el cargo y le castigaua y si hera el caso graue le mandaua matar. 275
…el que era deshonesto con mugeres solteras tenia pena de muerte porque todas estauan deuajo del amparo del ynga para dallas marido. 275
…el cacique que no tenia cuydado de corregir los yndios de sus pueblos y auisar de sus vicios al ynga le priuauan del cacicazgo. 275
4-al quarto capitulo dixo que no tenia mas ministros de justicia de los executores que executauan lo quel ynga mandaua y que para esto tenia vn Pu° llamado corca dos leguas desta ciudad adonde rresidian los dichos executores y no auia otros ministros de justicia. 276
5-Al quinto capitulo dixo que la orden y leyes que el ynga tenia hera conforme a lo que tiene dicho en el segundo capitulo y que esto no estaua escrito sino que de mano en mano auia venido entrellos del ynga que tenian por costumbre para memoria cantar estas leyes y penas que el ynga començo a executar y executaua en los delitos que se ofrescian como nosotros los rromances que cantamos. 276
6-al sesto capitulo dixo que dize lo que dicho tiene en el capitulo antes desde y que en quanto a ser voluntad o albedrio del ynga todo estaua sujeto a el. 276
9-al noueno capitulo dixo que las prouanças y aueriguaciones se hazian en presencia del ynga con los testigos y partes presentes e no auia mas plaços de lo que el ynga queria. 276
12-al doce capitulo dixo que como tiene dicho ante los yngas venian todos los pleitos ceuiles y criminales y guardaban en ellos la forma y orden que tiene dicho. 277
13-al treze capitulo dixo que el tucuyrico era siempre persona principal y este le ponia el ynga por el tiempo que el queria y quel mando y jurisdiscion que tenia era ver como cumplian los caciques lo que cada vno estaua obligado a hazer en su lugar e que el oficio destos era ser sobreestantes de lo que el ynga mandaua. 277
14-al catorze capitulo dixo que el oficio y cargo de tucuyrico no se heredaua sino que el ynga lo daua a quien queria. 277
15-a los quinze capitulos dixo que cacique de guaranga quiere dezir caueça de mill yndios y el ynga los proueya como le parescia para que tuviese quenta y cargo destos mill yndios para acudir con ellos a donde les mandase. 277
17-a los diez e siete capitulos dixo que lo que supo desto es quel ynga proueya comisarios e ministros para que fuesen a las prouincias donde el no estaua ni podia yr personalmente para que oyesen y executasen la justicia conforme a la comision que el ynga les ordenaua de palabra. 277
Al primer capitulo que lo que saue y a sauido y entendido es que los yngas señores que fueron destos rreinos rresidian en esta ciudad del cuzco como en caueça de todo el e que para poder gouernar rreino tan grande lo tenian diuidido en quatro prouincias conbiene a sauer chinchasuyo collasuyo condesuyo andesuyo las quales prouincias heran pobladas y lo son de presente de diferentes naciones y lenguas de gentes todas las quales naciones se diferenciauan en el traxe de las caueças [...] 278
[…] y de las dichas quatro prouincias tenian quatro gouernadores supremos a quien cada prouincia de aquellas acudia con sus negocios y el gouernador al ynga y desta manera hera facil el gouierno porque en la distancia de cada prouincia auia caciques principales de a mill y de cient yndios y de ay abaxo que tenian cargos y cuidado de todo lo que se auia de hazer en cada pueblo asi para el seruicio del ynga como para el bien y conseruacion del pueblo lo que por el ynga estaua ordenado y de trecho a trecho auia vn tucuyrico que era como juez visitador a quien ocurrian con las cosas extraordinarias para que las juzgase y determinase porque las graues y de mucha ynportancia todas yuan al gouernador supremo y del al ynga como dicho tiene[...] 278
[…] por el mes de henero deste año a la qual se rremite y en quanto a las leyes y ordenanças que el ynga tenia generales en lo ceuil y criminal saue este testigo y tiene por cierto muchas aueriguaciones que a hecho entre yndios antiguos de los que fueron gouernadores y capitanes del ynga que son ya muertos en todas las cosas tocantes a lo esencial del gouierno de todo el rreyno tenia el ynga cerca de sy dos quipos camayos a manera de secretarios los quales tenian por memoria en vnos cordeles de muchos colores todas las leyes y ordenanças generales tocantes al gouierno y a lo ceuil y criminal los quales tenian tanta abilidad e memoria en conoscer el cordel en que estaua cada cosa que a cualquiera ora que el ynga lo pedia le dauan rrazon dello los quales tenian como rregistros cotejado el vn secretario con el otro sus memoriales sin discrepar vna palabra en alguna cosa [...] 279
[…] y quando de mano en mano benia alguna duda sobre qualquiera causa y negocio que se ofresciese por alli se juzgaua y determinaua y estas heran las leyes y ordenanças del rreino y que demas destos en cada prouincia generalmente auia sus quipos camayos que eran como escriuanos que tenian quenta en todo lo que se ofrescia y en la hazienda otros del ynga y los ay el dia de oy e que esto es uerdad para el juramento que hizo e que es de hedad de mas de setenta años y firmolo de su nombre y el señor corregidor don pedro de cordoua mesia damian de la uandera ante mi joan de quiros. 279
[…] y a los que se hechauan con alguna yndia casada demas de matallos bibos sembrauan el lugar donde los cogian despinas para memoria e que el ynga no oya de pleitos a los negociantes que venian de las prouincias embiados por los gouernadores dellas sino que el orden que en esto auia hera que el ynga tenia señalado y nombrada vna persona graue de su linaxe con quien se tratasen y difiniesen todos los negocios y este lo trataua con el ynga y entre ambos se acordaua lo que se auia de hazer y esta segunda persona lo mandaua poner en execucion y esta segunda persona del dicho ynga se elexia el dia que a el le alçauan por señor porque la elecion deste tocaua a los sacerdotes del sol [...] 280
[…] y que los traxes de cada vno se vestia heran los mismos vestidos con que vestian a sus ydolos ansi en los traxes de las calças como en las rropas de que vsauan e que los visitadores y gouernadores que el ynga enbiaua a negocios particulares la señal para que fuesen mas conoscidos hera yr en andas y ombros de yndios porque ninguno podia andar en esta forma si no hera los tales so pena de muerte ecepto algunos caciques que tenian licencia particular para andar como dicho es [...] 281
1-Al primer capitulo dixo que lo que del saue es que desde esta ciudad hasta la puna eran prouincias y se gouernauan por orejones que el ynga ponia y estos tenian cuidado de cobrar los tributos que al ynga le pertenescian y tomauan las yndias mas hermosas de la prouincia muchachas y las hazian meter en encerramientos para el seruicio del sol y del ynga y estas tenian cuidado de hazer sementeras para quemar y hazer sacrificio al sol y lo demas se ponia en deposito para quando el ynga hazia guerra en otras prouincias y de los dichos depositos se proueya la gente de guerra de lo que auian menester sin hazer daño en la prouincia. 281
2-Al segundo capitulo que el ynga en este cuzco tenia esta orden que auia en el muchas mamaconas rrepartidas en casas cercadas y estas heran vnas mugeres dedicadas al sol y al seruicio del ynga y tenian cuidado de proueer al ynga vivo y a los yngas muertos antecesores en dalles de comer maiz cozido e tostado y carne y lo ponian delante de los bultos y lo quemauan y esto tenian por bastante comida para los difuntos [...] 281-282
[…] y si alguna muger destas mamaconas erraba tomauan al yndio y a la muger y los colgauan de los pies de manera que el vno al otro se biese y alli espirauan y que la determinacion de pleitos sobre muertes e quitada de haziendas enbiaua el ynga vno de los orejones para que lo juzgase y lo que aqueste determinaua pasaua el ynga por ello. 282
3-al tercero capitulo dixo que lo que del saue es que el ynga embiaua orejones que heran como corregidores a las prouincias e que estos determinauan las causas y heran los caciques de las prouincias sujetos a ellos y lo que aquellos tocre que asy se llamauan hazian el ynga estaua por ello y que la determinacion de los pleytos los embiauan al ynga en quipos que son vnas cuerdas dados vnos nudos en ellas e que por aqui se entendian. 282
4-Al quarto capitulo dixo que no auia en tiempo del ynga cosa ninguna de lo que dize este capitulo. 282
5-Al quinto capitulo dixo que los yngas no tenian leyes escriptas mas de la uoluntad del ynga. 282
6-Al sesto capitulo dixo que el ynga no tenia orden de leyes sino que juzgaua a su voluntad. 282
7-al setimo capitulo dixo que en tiempo de los yngas no se escreuia cosa ninguna porque no auia entre los yngas escriptura. 282
8-al otauo capitulo dixo que en tiempo del ynga no auia cosa de lo que dize este capitulo porque todo era del ynga. 282
12-A los doze capitulos dixo que los yngas juzgauan las causas que querian. 283
14-A los catorze capitulos dixo quel dicho tucuyrico se proueya a la voluntad del ynga. 283
18-A los diez e ocho capitulos dixo que la rrazon que lleuavan los que yvan proueidos por el ynga hera dezir que heran sus yanaconas y que yuan a gouernar tal prouincia y los ouedescian por este rrespeto. 283
e luego yncontinente para aueriguacion de lo contenido en los dichos capitulos el dicho corregidor hizo parescer ante si a bartolome de porras ques hijo de antonio diaz de porras conquistador que fue deste rreyno y de doña beatriz miro yndia el qual tiene mucha noticia y platica de las cosas de los yndios por auerse comunicado e tratado con los principales dellos en esta ciudad y a don francisco cocamayta de la parcialidad de huruncuzco y a don francisco quiqua yndio de la parcialidad de anancuzco ambos yndios yngas viejos que cada vno dellos confesaron tener mas de setenta años y el vno dixo tener hedad de ochenta años y siendo preguntados por el tenor de los capitulos de suso por lengua a los dichos yndios de don fhelipe sayre ynterprete general desta ciudad dixeron lo siguiente. 283-284
1-Al primer capitulo siendoles leydo el que dixo en su dicho garcia de melo vezino desta ciudad y dadoles a entender a los dichos yngas por el dicho ynterprete dixeron que lo que tiene dicho el dicho garcia de melo es la uerdad y todo ello paso como en el se declara y lo propio rresponden ellos a lo contenido en este capitulo porque asy lo vieron passar en tienpo de guainacaba y guascar ynga e mango ynga señores que fueron deste rreyno y el dicho bartolome de porras dixo auello oydo ansi a yndios antiguos y personas que lo sauian. 284
2-Al segundo capitulo siendoles leydo el dicho que dixo el dicho garcia de melo en quanto a este capitulo que no pasaua ansi lo que dicho tiene el dicho garcia de melo en quanto a yr al ynga con los pleitos y causas que se ofrescian porque tenia el ynga doze yndios los seis de la parcialidad de huruncuzcos y los otros seis de anancuzco y estos doze asistian en vn lugar señalado e que ellos yvan con todos los pleitos y diferencias que a los yndios se les ofrescian y que en su presencia se aueriguauan y determinauan las causas ceuiles y criminales y sobre estos doze yndios auia otro yndio que precedia sobre ellos y asistia a ver lo que juzgavan y determinauan y que si se ofrescian cassos graues dauan quenta dello en ofresciendose el negocio al ynga e de los demas se la dauan de mes a mes y que quanto al ynga no auia fuerça de ley mas de adbitrar y hazer lo quel queria [...] 284
[…] es ansi como lo tiene dicho garcia de melo y que particularmente en el delito del que mudaua mojones en el campo le castigauan en el lugar donde los mudaua y que el que caçaba en partes bedadas por la primera vez le castigauan e ponian los cauellos en el monte y lugar por donde entraua y la segunda le atormentauan y la tercera le matauan y que en quanto al que mudaua el traxe de la prouincia de donde hera tenia pena de muerte porque solo el ynga podia mudarse el traxe y bestido que queria. 285
3-Al tercero capitulo dixeron que ya tienen dicho quel ynga tenia doze juezes en esta ciudad y que en las prouincias lo heran los gouernadores y que la jurisdiscion que tenian es como tienen dicho. 285
6-al sesto capitulo dixeron que dizen lo que dicho tienen e que las leyes eran vniversales en toda la prouincia del ynga. 285
11-al onze capitulos dixeron que no auia apelacion de lo que se mandaua y juzgaua sino hera dar quenta al ynga de los negocios graues que se ofrescian o el podia sauer. 286
13-A los treze capitulos dixeron que el tucuyrico le ponia el ynga por el tiempo quel queria y hera hombre principal de la casta de los yngas porque no fiaua el dicho oficio de otros e que tenia juridiscion en todos los negocios que se ofrescian y que este traya guarda consigo de su propia nacion. 286
17-E que quando se ofrescian cosas graues en las prouincias embiaua el ynga vn comisario y que la señal que este lleuaua para ser ouedescido hera yr en andas y vn baculo en la mano y que si el negocio hera muy arduo lleuaua por señal vna camiseta azul e yba con el mismo poder del ynga [...] 287
18-A los diez y ocho capitulos dixeron que demas de lo que dicho tienen quando el dicho comisario yba a castigar y hazer daño lleuaua vna borla colorada cosida en la camiseta en la espalda del braço derecho que hera señal de sangre y si hera yr a hazer algun llanto por muerte de algun pariente del ynga y otro principal o hazer demostracion en caso de tristeza o desgracia que vbiese subcedido lleuaua vna borla negra y si yba algun casso de alegria lleuaba la borla blanca. 287
19-A los diez e nueue capitulos dixeron que por su memoria sauen lo que dicho tienen y que al presente no ay memoria de quipos ni de las tablas que dicho tienen tenia el ynga para memoria de sus leyes por quando los españoles conquistaron esta ciudad y rreyno las quebraron e destruyeron y que la memoria que entre ellos se platicaua [...] 287
[…] y dezia de los primeros yngas que pusieron las leyes que dicho tienen fueron ynga yupangui e su hijo topa ynga yupangui que fueron los que conquistaron este rreino y que estas leyes que ellos pusieron se platicaron y executaron por sus subcesores que fueron guainacapac y guascar ynga e mango ynga que fue el postrero señor deste rreino y que esto es la uerdad y lo que sauen de lo que se les a preguntado e lo firmo el señor corregidor y el dicho bartolome de porras poque los dichos yndios no supieron firmar e ansi mesmo lo firmo el dicho ynterprete don pedro de cordoua mesia bartolome de porras don Phelipe sayre ante mi juan de quiros escriuano publico. 287
Lo que se a de preguntar a los testigos sobre la forma y orden que los yngas tenian en el juzgar en lo ceuil y criminal es lo siguiente enbiandose vn treslado de la cedula. 269
12-yten si los yngas por si mismos exercian alguna juridicion o executauan algunas penas y esto si hera guardando alguna ley o ordenança o sola su voluntad y albedrio. 270
Al primer capitulo dixo que este testigo a que entro en esta ciudad del cuzco el año de treynta y ocho que a mas de quarenta años y en este tiempo a procurado entender lo que el capitulo dize y lo que el saue es que los yngas señores que fueron deste rreino tenían su principal aseynto en esta ciudad y tenian toda la tierra que poseyan rrepartida en quatro prouincias que salian de los quatro lados desta ciudad porque el asiento della esta en medio de todas las prouincias y la una se llama chinchaysuyo que corre mas de quinientas leguas[...] 271
y la otra que esta frontera desta es condesuyo [creo que se refiere a antisuyo, la descripcion también coincide como si se tratara de antisuyo] ques donde se cria la coca e no es muy grande sino muy pequeña porque los yngas no conquistaron mucha tierra por montaña y por ser tierra muy enferma [...] 271

ynga yupangui


Cita Número de página
[…] y dezia de los primeros yngas que pusieron las leyes que dicho tienen fueron ynga yupangui e su hijo topa ynga yupangui que fueron los que conquistaron este rreino y que estas leyes que ellos pusieron se platicaron y executaron por sus subcesores que fueron guainacapac y guascar ynga e mango ynga que fue el postrero señor deste rreino y que esto es la uerdad y lo que sauen de lo que se les a preguntado e lo firmo el señor corregidor y el dicho bartolome de porras poque los dichos yndios no supieron firmar e ansi mesmo lo firmo el dicho ynterprete don pedro de cordoua mesia bartolome de porras don Phelipe sayre ante mi juan de quiros escriuano publico. 287

ynga yupanqui


Cita Número de página
[…] el dicho garcia de melo supo y entendio este testigo de los dichos yndios antiguos que ynga yupangui señor que fue deste rreyno hizo carceles en que fuesen metidos los delinquentes dos perpetuas y una para mientras se aueriguauan los delitos y otra grauisima y aspera y la forma desto hera vnas cuebas deuajo de tierra todas yncadas por lo baxo y alto y lados de pedernales agudos de suerte que no pudiesen estar en ellas syn herirse por muchas partes y en esta echauan los que no querian dar la ouidiencia e sujecion en las guerras [...] 280